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Condenan a un ayuntamiento de Canarias por la muerte de un hombre al auxiliar a una bañista

En una sentencia pionera en España advierte de que las administraciones tienen que velar por el correcto funcionamiento de los servicios para los ciudadanos

GRAFCAN3294. MORRO JABLE (FUERTEVENTURA), 12/04/2022.- Numerosos turistas disfrutan del sol y el buen tiempo en la playa de Morro Jable, en Fuerteventura. EFE/ Carlos De Saá / Carlos de Saá (EFE)

Las Palmas de Gran Canaria

La Sala de los Contencioso Administrativo número uno de Las Palmas de Gran Canaria condenó al Ayuntamiento de La Oliva (Fuerteventura) a indemnizar con más de 200.000 euros a la familia de un hombre que falleció hace cuatro años cuando trataba de rescatar a una mujer en una playa que carecía de servicio de salvamento y vigilancia.

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Los hechos ocurrieron en Semana Santa de 2018 cuando Arturo Fontán fue a comprobar el estado de la playa tras dejar a su hijo. En un momento determinado vio como una bañista se encontraba en graves apuros para salir de la playa de Tebeto. No dudó en echarse al mar para tratar de rescatarla. La chica logró zafarse de las olas, sin embargo, el hombre que trató en varias ocasiones de llegar a la orilla, no pudo, y falleció ahogado poco después de llegar treinta y cinco minutos más tarde los servicios de emergencia. Según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso SER Las Palmas, no existía ninguna señalización que advirtiera de la peligrosidad de la playa, carecía de bandera roja, y tampoco tenía vigilancia, a pesar de que estaba incluida en el catálogo de playas del Gobierno de Canarias.

Desestimada en primera instancia

En primera instancia se desestimó la demanda de la familia, en un fallo en el que el consistorio majorero alegaba que no era una playa turística y que estaba aislada de núcleos urbanos. Aseguraba que el fallecido llevaba viviendo desde hacía 18 años en Fuerteventura, conocía la playa a la que iba con frecuencia y era marinero, cuando su profesión era constructor.

Sin embargo, el recurso presentado por la familia al juzgado de lo contencioso administrativo de la capital grancanaria da la razón ahora a los demandantes al considerar que si se hubieran puesto los medios de vigilancia y señalización sobre la peligrosidad de la playa la vida de Arturo se podría haber salvado.

En los fundamentos jurídicos, el auto judicial apunta a que "Arturo no se introdujo en el agua para darse un baño, sino que lo hizo para socorrer a una persona que se encontraba pasando dificultades dentro del mar, hecho del cual ya se desprende que la situación era peligrosa, pese a ello, en una acción altruista, con la finalidad de salvar la vida de otra persona, asumió el riesgo de entrar en el mar para tratar de rescatar a la bañista".

Un decreto que no exime

En su defensa el consistorio argumentó que el plazo que le habían dado las administraciones para aprobar los planes de salvamento de las playas se aplazaron pero este decreto, según recoge el auto judicial, no dejaba a la Administración sin responsabilidad ante cualquier hecho que pudiera ocurrir dentro de su término, es decir, no eximía a la administración de su responsabilidad y obligación "in vigilando". De hecho, Vanessa Ramírez, la abogada de la familia, sostiene que ese decreto no exonera al Ayuntamiento de su responsabilidad patrimonial porque "debe actuar como un buen padre de familia don la diligencia de un buen padre de familia a la hora de proteger a los usuarios de la playa".

La sentencia, pionera en España, condena al Ayuntamiento de La Oliva y a la aseguradora Mapfre a indemnizar a la mujer y al hijo de esta a cerca de 200.000 euros, otros 600 por gastos de psicólogo y otros 42.000 euros al padre del fallecido. La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, es pionera en España y afianza la necesidad de que las playas del país cuenten con medios y señalización que eviten poner en peligro a los bañistas.

Santiago Moreno

Vinculado desde 2000 a la Cadena SER, fue nombrado...