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El Gobierno estatal se opone a que el monumento a Franco sea Bien de Interés Cultural y descarta la posibilidad de resignificarlo

No existe ningún informe en el expediente administrativo que refleje el carácter excepcional y sobresaliente de la escultura

El Gobierno de España, a través de la Delegación de Gobierno en Canarias, ha presentado las alegaciones ante la Dirección Insular de Planificación Territorial, Paisaje y Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife contra la declaración de Bien de Interés Cultural del monumento a Franco situado en la confluencia entre la Avenida de Anaga y La Rambla de Santa Cruz de Tenerife.

La principal razón que argumenta el Ejecutivo nacional es que en el expediente administrativo para su declaración “no existe ningún informe que refleje el carácter excepcional y sobresaliente de la obra de Juan de Ávalos”. Esas premisas que se refieren a valores sobresalientes son exigidas en la Ley de Patrimonio Cultural de Canarias para la declaración de un BIC. En las alegaciones se añade que declarar BIC un bien que no cumple con esas condiciones es desvirtuar la categoría.

El Gobierno de España se basa, además, en que las instituciones académicas consultadas coinciden en que no existen elementos artísticos relevantes.

"Escasa importancia"

La Universidad de La Laguna dictaminó que, en términos artísticos es “de escasa importancia” y que la obra de Juan de Ávalos es referenciada, casi exclusivamente, cuando se cita el Valle de los Caídos; o que en la literatura especializada no se le concede a su trabajo “ninguna aportación relevante ni formal ni conceptualmente” y que esa irrelevancia explica que su “presencia en las colecciones o exposiciones de museos sea nula”.

El Museo de Historia y Antropología de Tenerife se manifestó en términos similares con un informe desfavorable en el que concluía que “no hay razones artísticas o arquitectónicas protegidas por la ley. Y tales razones no aparecen suficientemente explicitadas en la bibliografía académica consultada”. El Colegio Oficial de Arquitectos, en su dictamen, no hace valoraciones artísticas y propone un concurso de resignificación.

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En este sentido, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática indica que la obra en sí “constituye un elemento contrario a la memoria democrática”, conforme al artículo 35 de la Ley 20 / 2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática y que “objetivamente, y en aplicación de la Ley, hay una imposibilidad de resignificación o reinterpretación de dicho monumento”. Es decir, su resignificacion o mantenimiento es contraria a la ley.

Singularidad

La Real Academia Canaria de Bellas Artes de San Miguel Arcángel no hace referencia a su valor artístico excepcional, si bien considera que su monumentalidad le otorga una “singularidad artística y estética a la ciudad”. Pero desde el área de Memoria Democrática se ha alegado que “la monumentalidad no puede entenderse como valor intrínseco de excepcionalidad”.

La única institución que se ha mostrado favorable a la declaración como BIC ha sido la Real Academia de Extremadura de las Letras y Las Artes, que tampoco menciona ninguna excepcionalidad artística, sino que se refiere “a la calidad de la obra, por el lugar que ocupa en el contexto de la obra del escultor, y por ser un elocuente testimonio de un periodo histórico – artístico”. Pero al mismo tiempo manifiesta que supone “un ejemplo de cómo el arte se puso al servicio del régimen en aquellos años”.

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