Tribunales

El Supremo confirma los 15 años de prisión para la mujer que decapitó a su pareja

El juez considera que las actuaciones de la acusada acreditan su participación en la muerte de Jesús María Baranda

La acusada de asesinar a su pareja en Castro Urdiales, Carmen Merino, en el juicio contra ella en la Audiencia de Cantabria

Castro Urdiales (Cantabria)

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 15 años de prisión a una mujer por matar a su pareja en Castro Urdiales en 2019 y hacer desaparecer el cuerpo, salvo la cabeza que entregó envuelta en papel de regalo dentro de una caja a una vecina amiga suya.

En una sentencia el alto tribunal desestima el recurso de la condenada contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que confirmó la dictada por la Audiencia Provincial de Santander que le impuso dicha pena por un delito de homicidio con la circunstancia agravante de parentesco.

En su recurso la mujer alegaba la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia porque las pruebas practicadas no habían determinado cuál fue la acción de matar, cuáles fueron los actos de ejecución y el nexo causal entre la acción de matar y el resultado.

El Supremo rechaza sus alegaciones y argumenta que en el juicio celebrado con jurado se desarrolló una profunda actividad probatoria que demuestra que la condenada participó activamente y de forma intencional en la muerte de su pareja.

Respecto a las dificultades para señalar las circunstancias exactas del fallecimiento el tribunal destaca que "el único vestigio que queda de la muerte es la cabeza de la víctima, hallada en una caja envuelta con papel de regalo y que la acusada entregó a una vecina y amiga suya con el ruego de que no la abriera, circunstancias en la que permaneció desde el mes de febrero hasta el mes de septiembre de 2019".

Para el tribunal ha quedado corroborado el carácter violento de la muerte no natural ni accidental, decapitando el cadáver con instrumentos hábiles para ello, unido al dato de la desaparición del cuerpo.

Ausencia de explicaciones razonables

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, explica que la acusada "en ningún momento proporcionó explicación razonable de los hechos y circunstancias que pudieran explicar el hallazgo de la cabeza en su ámbito de dominio y menos una explicación de las circunstancias de la tenencia por su amiga".

El tribunal incluye otros indicios como la aparición de huellas dactilares en la bolsa que envolvía la caja con el cráneo de la víctima y la adquisición de herramientas como una motosierra, martillos y sierras por parte de la acusada. Asimismo, su acceso a internet para informarse sobre el funcionamiento de la motosierra o sobre aspectos legales como derecho a indemnizaciones en caso de desapariciones, cobros de pensión y repartos de herencia.

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La sentencia indica que en este caso "el conjunto de actuaciones realizadas por la acusada permite acreditar su participación, como se declara probado, en la muerte violenta del fallecido, aunque no sea posible afirmar el modo concreto con el que se actuó para producir el resultado, si bien ha quedado acreditada su intervención en la misma”. El Supremo destaca que la sentencia recurrida valoró "que fuera ella quien guardara el cráneo en una bolsa, envuelta en papel de regalo y en una caja, extremo acreditado por las pruebas periciales sobre las huellas dactilares en las bolsas, lo que permite afirmar la manipulación del paquete entregado a su amiga y vecina". También recuerda la explicación que dio la condenada mientras se investigaba la desaparición de la víctima de que había entregado un paquete a su amiga con juguetes sexuales porque no le interesaban que aparecieran en su casa.

Santiago Redondo Brizuela

Santiago Redondo Brizuela

Cubre la información de la zona oriental de Cantabria. Se incorporó a la Cadena SER en 2002 y previamente...

 
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