Sociedad

Los once jóvenes acusados por los disturbios del toque de queda en Santander aceptan penas de hasta dos años

El presunto cabecilla convocó junto a otras personas a la gente en el Ayuntamiento a través de un vídeo en Instagram en el que aparecía embozado, empuñando una catana y un cuchillo de grandes dimensiones.

Disturbios en Santander / Archivo

Santander

La mayoría de los once jóvenes acusados por los graves disturbios en Santander contra el toque de queda acordado por el Gobierno de Cantabria por la pandemia del coronavirus en noviembre de 2020 se han conformado con penas de entre diez meses y dos años de cárcel.

Esta semana se ha celebrado en el Juzgado de lo Penal 3 de la ciudad la vista en la que las defensas de ocho de los procesados han alcanzado un pacto con la fiscal y la acusación particular, en tanto que los letrados de otros dos no se adhirieron a sus peticiones y el undécimo procesado no compareció a la vista, han informado a Europa Press fuentes personadas en la causa. Desde la Cadena SER, ya informamos de lo ocurrido por entonces.

Inicialmente, la Fiscalía solicitaba hasta siete años y cuatro meses de cárcel, en concreto al considerado líder de los altercados, al que también reclamaba más de 3.000 euros en indemnizaciones a los perjudicados por daños y desperfectos causados.

El presunto cabecilla convocó junto a otras personas a la gente en el Ayuntamiento a través de un vídeo en Instagram en el que aparecía embozado, empuñando una catana y un cuchillo de grandes dimensiones.

Los diez procesados restantes se enfrentaban a entre tres y cinco años de cárcel e indemnizaciones de hasta 14.310 euros -uno de ellos, por las lesiones y secuelas a un agente de la Policía Local- según figuraba en el escrito provisional del ministerio público.

Modificó sus conclusiones iniciales tras la reforma del Código Penal que suprimió el delito de sedición y creó uno nuevo de desórdenes públicos agravados, marco que obligó a revisar casos en curso, entre ellos la sentencia del 'procés'.

Los hechos fueron calificados en un principio como un delito de desórdenes públicos (incitación) y dos de desordenes públicos agravados, tres de daños con incendio (en las calles Arrabal, Enseñanza y Andrés del Río), un delito de atentado y seis de atentado agravado, un delito de resistencia grave a agentes de la autoridad en concurso con uno leve de lesiones y dos de resistencia grave a agentes de la autoridad en concurso con otros tantos de lesiones (a agentes de las policías Local y Nacional).

Con el cambio normativo y las modificaciones de delitos y la rebaja de penas que conllevan, la mayoría de las defensas de los procesados han llegado a un acuerdo con la Fiscalía y la acusación particular en base al cual ocho de los once implicados han aceptado penas de hasta dos años de prisión.

 
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