El jurado popular ha declarado por unanimidad culpable a la mujer acusada de matar en 2020 a su bebé nada más nacer al abandonarlo dentro de una caja en el almacén del bar donde trabajaba como camarera en Albacete. Los seis hombres y tres mujeres comenzaron a deliberar el pasado martes. En el veredicto, también se pedía responder a una serie de preguntas sobre el caso. Entre otras, el jurado ha declarado que la acusada intentó evitar el descubrimiento del bebé. Esto es un dato importante, porque el Código Penal contempla como agravante el hecho de haber cometido un homicidio para facilitar la comisión de un delito o evitar que se descubra. También ha declarado que la acusada era consciente de sus actos en el momento de cometerlos. Esto último afectará sin duda a la sentencia que ahora tiene que emitir la Audiencia Provincial de Albacete, ya que una estrategia habitual en la defensa es alegar un trastorno mental, aunque sea transitorio, como causa del delito para que que así pueda ser tenida en cuenta como atenuante o incluso como eximente. El juicio ha tenido lugar durante dos semanas. La acusada declaraba que en ningún momento vio salir un niño «y mucho menos vivo», y que consumía cocaina diariamente y fumaba porros. Ha detallado que se preocupó porque el almacén en el que pasó todo se quedara limpio, como le pidió a sus dos amigos que la asistieron al pedir ayuda. Ha defendido que ella pensaba que había abortado porque se tomó unas pastillas abortivas que guardaba en su casa. Durante el proceso, se pudieron escuchar voces como las de los policías que intervinieron. Todos los agentes coincidían en que era un «bebé a término». «Se veía perfectamente que era un bebé cuando abrías la bolsa, además se podía identificar también la placenta, el cordón umbilical», ha señalado uno de los policías. «Recibimos la llamada de la ginecóloga diciendo que había una mujer que acababa de dar a luz y que no había bebé, así que todo lo que hicimos era intentar encontrar al niño aún con vida», han explicado. El Fiscal, en su escrito inicial aseguraba que cuando la acusada se apercibió de que se encontraba embarazada, y actuando con la intención de no llevar a termino el embarazo --como había ocurrido en tres ocasiones anteriores en las que había acudido a una clínica privada para que le practicaran un aborto--, trató de conseguir ayuda económica para volver a abortar. Al no conseguirla, se da por probado que ingirió una sustancia abortiva llamada misoprostol, si bien tampoco logró abortar como era su propósito por no haber tomado la suficiente dosis, ya que tomó restos de pastillas que tenía de la veces anteriores en las que la citada clínica le había suministrado la sustancia. En este escenario, la acusada continuó con el embarazo, ocultándolo a todo el mundo y sin acudir a realizarse ningún tipo de control médico, hasta el día 10 de octubre de 2020, momento en el que, ya en el tercer trimestre de gestación y mientras desempeñaba su trabajo como camarera en un bar de Albacete, comenzó a sufrir contracciones durante toda la tarde, sin acudir a un centro médico. Tras varias horas, al notar la inminencia del parto, se introdujo en un almacén contiguo al establecimiento donde dio a luz a un feto a termino, un varón que nació con vida. Acto seguido expulsó la placenta y cortó, desgarrándolo, el cordón umbilical que la unía a su hijo.