Un informe demoledor para las reivindicaciones de los bomberos de Aranda: "No existe obligatoriedad"
Los servicios jurídicos municipales dictaminan que en un parque como el de Aranda no es obligatorio el retén, ni aumentar la actual plantilla prevista ni la ley ampara la negativa a acatar los servicios extraordinarios
Aranda de Duero
Los servicios jurídicos municipales han dejado sin respaldo normativo a las pretensiones de la plantilla de bomberos en el pulso que mantienen con el equipo de gobierno. El informe elaborado desde Secretaría General, que se ha dado a conocer este lunes en una Junta de Portavoces, argumenta en contra de la obligatoriedad de la práctica totalidad de las pretensiones de la plataforma de los bomberos.
Los argumentos, uno a uno
Tras desmenuzar la normativa vigente el informe concluye que en un parque de bomberos como el de Aranda no es obligatorio establecer un retén, pero si el Ayuntamiento se propusiera hacerlo tras valorar su necesidad, los representantes sindicales no tienen competencia para negociarlo, aunque puedan ser escuchados.
En cuanto a la reivindicación de un aumento de plantilla el informe calcula que sumando las horas ordinarias de trabajo de todos los efectivos previstos en la RPT sobrepasan en 10.320 horas el mínimo obligatorio exigido por la Junta. Recuerda que la plantilla debería estar compuesta por “25 bomberos y 5 cabos, que cumpliendo con la jornada establecida para el Ayuntamiento de Aranda de Duero que es de 1.512 horas (30 efectivos por 1512 horas, dispondríamos de 45.360 horas) resultaría suficiente para cubrir las necesidades mínimas establecidas en el Plan Sectorial (Son 10.320 horas más que las requeridas).
A mayor abundamiento incluye un par de rapapolvos solapados a los trabajadores y a sus representantes sindicales. Interpreta, por ejemplo, que el hecho de que no estén cubiertas las 30 plazas de bomberos no es la causa de la precariedad de la plantilla: “lo que produce la merma de efectivos es la tasa de absentismo en el colectivo que en la actualidad es del 40%” afirma, en referencia la situación de baja por distintos motivos en la que ahora se encuentran casi una decena de miembros del cuerpo municipal de bomberos.
El informe achaca a los representantes sindicales haber inducido al ayuntamiento a no crear una bolsa de interinos que hubiera podido solventar esta situación, por lo que determina que la única solución para remediarla es la obligatoriedad de servicios extraordinarios, advirtiendo que una negativa a acatar su realización puede considerarse infracción laboral. “No existe norma legal aplicable que ampare la negativa a realizarlos” afirma con rotundidad el informe.
Finalmente el informe recuerda a los trabajadores de este cuerpo de seguridad que pueden defender todas sus reivindicaciones (aunque el ayuntamiento no esté obligado a asumirlas) pero que deben hacerlo como lo hacen el resto de los empleados municipales, esto es, en el marco de la Relación de Puestos de Trabajo, por lo que el informe propone desestimar todas las pretensiones de negociación sectorial.
Menos incisivo es el informe con las obligaciones municipales. Aunque comienza indicando que es a la Junta a quien le corresponde la competencia de organizar los servicios de prevención, extinción y salvamento, y de garantizar un servicio homogéneo y eficaz en el territorio de la comunidad autónoma, también reconoce a renglón seguido que el ayuntamiento tiene capacidad de desarrollar determinadas cuestiones (como el retén) “a través de un reglamento de servicio, previa ponderación del principio de celeridad, proporcionalidad, equilibrio presupuestario y sostenibilidad”. Documento del que no se tiene noticia en el municipio arandino.
Elena Lastra
Redactora jefe de la Cadena SER en Aranda y presentadora de 'Hoy por Hoy Aranda'