Sociedad

Anulan el decreto que obligó a trabajar a 11 empleados del Ayuntamiento Ávila

Tras una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo de Ávila

Ayuntamiento de Ávila / Cadena Ser

Ávila

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ávila ha declarado "no ajustado a derecho" el decreto que obligó el pasado mes de mayo a prestar servicio a once empleados municipales del Ayuntamiento de Ávila, tras la denuncia planteada por uno de los afectados. Según han explicado desde el sindicato Comisiones Obreras, el fallo de la juez se ha producido después de que el alcalde de Ávila, Jesús Manuel Sánchez Cabrera, desestimara el recurso y el sindicato decidiera acudir al Juzgado de los Contencioso Administrativo, que ahora le ha dado la razón.

En el fallo, el Juzgado considera "contraria y no ajustada a derecho" la resolución del Consistorio, procediendo a su anulación y obligando al Consistorio a indemnizar al trabajador demandante por "daños y perjuicios", al considerar que se había incumplido el Pacto de Aplicación al Personal Funcionario. Esta situación se produce después de que el pasado mes de mayo, con motivo de los eventos deportivos y culturales programados por el Ayuntamiento los días 14 y 15 del mismo mes, el teniente alcalde de Presidencia, Interior y Administración Local, José Ramón Budiño, decretara la "obligación de asistir al centro de trabajo" a once empleados municipales. Y todo ello, "sin justificación alguna sobre las necesidades urgentes de realizar los trabajos extraordinarios para los que se les requería", según la Sección Sindical de Comisiones Obreras, cuyos responsables hacen referencia al artículo 12.7 del Pacto de Aplicación al Personal Funcionario del Consistorio de la capital abulense. Dicho artículo establece que "con carácter preceptivo y previo, salvo en casos de reconocida urgencia, será preciso cumplimentar por parte de los jefes o responsables de servicios, el correspondiente informe-propuesta de realización de horas extraordinarias, con expresión de las causas que las motiven y de las personas que vayan a efectuarlas".Para ello, se requerirá la "conformidad del Concejal Delegado responsable de Área y la pertinente aprobación de la Tenencia de Alcaldía".

Al entender que no se había cumplido este artículo, uno de los once empleados municipales afectados recurrió en primera instancia ante el Consistorio y, posteriormente, tras ser rechazado, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, que anuló la resolución. En su fallo, la juez argumenta que el Ayuntamiento de Ávila esperó hasta el último momento para organizar los eventos previstos los días 14 y 15 de mayo, "evidenciando con ello una incorrecta gestión de planificación". Todo ello "ha dado lugar a que se decidiera obligar al recurrente a hacer los servicios sin concurrir, ni justificar las alegadas necesidades del servicio o la urgencia, vulnerando así el derecho del recurrente a decidir libre y voluntariamente la realización de horas extraordinarias".

La Sección Sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Ávila "positivamente" este fallo que a su juicio "protege al conjunto de la plantilla municipal ante los abusos pretendidos por parte del alcalde y de su teniente de alcalde de Presidencia, de incumplir el Pacto de Aplicación al Personal Funcionario". Asimismo, cree que esta sentencia "vuelve a poner en evidencia la falta de organización, planificación y gestión del personal municipal para el debido desarrollo de las actividades programadas"

 
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