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La Audiencia decide el 5 de febrero si Pedro Muñoz ingresa en prisión tras la condena de cárcel por maltratar a su exmujer

Los magistrados podrían retirar la libertad condicionada al expolítico berciano a pesar de que la sentencia emitida por la Audiencia de León el pasado 10 de enero no es firme.

Pedro Muñoz / Radiobierzo

Ponferrada

La situación de libertad provisional de Pedro Muñoz podría cambiar. Los tres magistrados de la sala de la Audiencia Provincial que juzgaron y condenaron al expolítico berciano por delitos de malos tratos continuados y lesiones agravadas a su exmujer Raquel Díaz, han convocado a las partes para determinar si Muñoz ingresa o no en prisión antes de que la sentencia sea firme. Será, según ha podido saber radio Bierzo, el 5 de febrero y a petición del Ministerio Fiscal, una petición a la que se adhieren las acusaciones particulares representadas en la víctima y en su hija. Serán los jueces los que tengan en su mano si se modifica la situación personal de Muñoz, que lleva en libertad condicional controlada con dispositivo telemático desde junio del 2022. El exconcejal ponferradino de Bienestar Social por Coalición por el Bierzo estuvo encarcelado durante casi dos años en prisión provisional en Villahierro, en Mansilla de las Mulas.

Hechos probados:

La sentencia de la Audiencia provincial de León considera probado que el 27 de mayo de 2020, Muñoz arrojó a Raquel Díaz por la barandilla de una terraza de su vivienda en Toreno. En la caída se golpeó contra un pozo y, una vez en el suelo, el agresor, entre insultos, le propinó patadas y golpes con un palo. El tribunal no lo considera intento de asesinato porque no fue sorpresivo, ya que Muñoz había arrastrado por las piernas y golpeado a Raquel antes de arrojarla al vacío. Tampoco lo califica de intento de homicidio porque Muñoz, tras la agresión, se ocupó de colocar a la víctima en una posición de seguridad, trató de detener las hemorragias y llamó a los servicios de emergencia. Es decir, según la sentencia, que aunque el acusado trató de matar a su esposa ‘fueron sus acciones posteriores las que evitaron el fallecimiento’, lo que se interpreta como desistimiento o arrepentimiento

Los jueces han dado credibilidad al relato de la víctima. Las inconcreciones en el testimonio de Raquel Díaz durante la vista ‘no desvirtúan el relato de la denunciante sobre los hechos esenciales’, reza el fallo.

El maltrato continuado, añade, se condena por los gravísimos daños a la víctima por el simple hecho de ser mujer, demostrando discriminación y una relación de poder de Muñoz sobre ella que merece sanción penal.

 
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