Un juzgado de Barcelona ha condenado a un exmilitar, vecino del barrio de Horta (Barcelona), a una pena de dos años de prisión por difundir fotos y datos de la víctima de la conocida como la Manada de Pamplona, la joven agredida sexualmente por cinco hombres durante las fiestas de San Fermín de 2016. El acusado ha admitido que subió a un foro de Internet tres publicaciones con la imagen del DNI de la víctima, su nombre, apellidos, formación académica, la dirección de la zona donde vivía, además de fotografías de la víctima. Las partes han alcanzado un acuerdo para que el acusado sea condenado por un delito de revelación de secretos y otro contra la indemnidad moral. El acusado no deberá ingresar en prisión, ya que el tribunal, que ha dictado sentencia in voce ha decidido suspender la pena de prisión, siempre y cuando proceda al pago de una indemnización a la víctima de 20.000 euros, además de una multa de 1.320 euros, además de no delinquir ni tener contacto con la víctima. La acusación pide que en caso de no cumplir el pago, se haga responsable a «Foroparalelo.com», la web donde se publicaron los datos e imágenes. Los documentos que publicó el acusado fueron expuestos ante un público de más de 100.000 usuarios. Además de datos personales de la víctima, que el acusado sacó de las redes sociales, de la propia víctima y de sus amistades, este exmilitar también publicó, por primera vez, algunas imágenes de la grabación de la violación, que los agresores hicieron sin consentimiento, conocimiento ni autorización de la víctima. La acusación considera al acusado un «agitador» del foro. «Este foro no es una asociación, es una estructura con una actividad remunerada», ha apuntado la acusación popular. La fiscalía pedía para Eric C.T.G., que tiene antecedentes no computables para esta causa, una pena de dos años y medio de prisión, que la acusación popular elevaba a tres años. La fiscalía mantiene que el acusado actuó «con la intención de burlarse» y «causar inquietud moral en la víctima», «así como dar a conocer los datos personales de la misma». El tribunal aplica contra el acusado la agravante de género, pero dos atenuantes. Las partes han acordado rebajar la pena al acusado al entender que, durante el momento de los hechos, el acusado actuó bajo los efectos de las drogas y, por lo tanto, con las capacidades disminuidas. Tanto acusaciones como defensa, acuerdan rebajar la pena también por dilaciones indebidas, es decir, dado que la causa se ha prolongado mucho tiempo hasta llegar a juicio.