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Ayuso acude a los tribunales para que las actas de las residencias no salgan a la luz: el Consejo de Transparencia obliga a hacer públicos los informes policiales de la pandemia

La Comunidad de Madrid argumenta que hay datos personales, un gran volumen de documentos y que es necesario reelaborar la información

Ayuso acude a los tribunales para que las actas de las residencias no salgan a la luz

Madrid

Un total de 9.468 personas que vivían en residencias madrileñas murieron entre los meses de marzo y abril de 2020, durante la primera ola de la pandemia. Y de ellas, 7.291 lo hicieron sin recibir atención hospitalaria tal y como llevan años denunciando sus familiares. Durante esos meses no era posible acceder a estos centros pero sí lo hacía la Policía Municipal de Madrid. Las actas de esas visitas permanecen custodiadas sin que nadie haya podido ver aún su contenido completo. Y, de momento, seguirá siendo así porque la Comunidad de Madrid ha decidido acudir a los tribunales para evitar que se hagan públicos esos informes.

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La petición parte de un particular que solicitó, a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid acceso a "las Actas de Inspección de Residencias de Mayores y otros centros residenciales". La respuesta de la Viceconsejería de Interior fue rechazar esa petición al entender que podría chocar con la Ley protección de datos. Sin embargo, el Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, en una resolución a la que ha tenido acceso Radio Madrid, obligó a la administración a remitir "la información solicitada por el Reclamante, en el plazo máximo de 20 días". Una decisión que Gobierno Regional ha recurrido por la vía de los contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El reclamante presentó la solicitud en febrero de 2022 citando las actas realizadas "por la Sección de Inspección y Evaluación de Servicios de Policía Municipal desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 1 de agosto de 2020". Tras ser denegada esa solicitud por parte de la Viceconsejería, este particular presentó, en abril de 2022, una reclamación ante el Consejo de Transparencia en la que insiste en el acceso a la información solicitada alegando que los argumentos de la Comunidad no serían validos "si se efectúa la previa disociación de los datos de carácter personal", es decir, que no pueda identificarse a las personas afectadas. Ante este nuevo escrito, el Consejo admite la reclamación instando a la Viceconsejería a presentar alegaciones.

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La Comunidad se escuda en la necesidad de reelaborar la información

En Junio de 2022, la Viceconsejería vuelve a denegar la solicitud alegando cuatro circunstancias: primero, que se trata de un "elevado volumen de información", calculado en "más de mil expedientes". También insiste la administración regional en que "aparecen datos de carácter personal" entre ellos "el nombre de la persona fallecida o enferma". Además, según la viceconsejería, muchos de estos documentos son manuscritos, lo que dificulta su comprensión, y asegura que, al estar escaneados, necesita una "aplicación informática avanzada" de la que, aseguran, "no dispone con carácter general". Todo ello hace que, según la Comunidad, se necesite de un proceso de reelaboración de la información, una circunstancia que podría eximirla de su publicación. Sin embargo, el demandante insiste remarcando que la documentación está acotada en cuanto a fechas, recordando que la ley de protección de datos no se aplica a personas fallecidas y señalando que en la administración es habitual el uso de PDF. Por ejemplo, afirma, en 2019, la Comunidad adquirió "2.600 licencias de Adobe Acrobat".

En su argumentación, el Consejo de Transparencia da la razón al solicitante asegurando que es información que contribuye a un mejor conocimiento de las instituciones al versar "sobre las actuaciones llevadas a cabo por la Policía local de Madrid en residencias de mayores" por lo que existe "un interés público prevalente sobre los derechos a la protección de datos". También llama la atención el Consejo sobre el hecho de que estas actas de la Policía municipal esté en posesión de la Comunidad. Algo que no acaban de entender los miembros de este órgano: "este Consejo no ha conseguido averiguar la razón por la que esta documentación obra en poder de la Comunidad y no en el Ayuntamiento".

Transparencia da 20 días para publicar los archivos

El Consejo descarta los argumentos aportados por la viceconsejería, entre ellos el de la información "voluminosa" o el de los problemas de formato señalando que se podría conceder la información en otro formato o conceder acceso directo a la fuente. Por todo ello, esta institución, dependiente de la Asamblea de Madrid acaba estimando la reclamación para que conozcan esas actas "por constituir su objeto información pública". Así que, en su escrito de diciembre de 2022, el Consejo de Transparencia insta la Viceconsejería a remitir "la información solicitada por el Reclamante, en el plazo máximo de 20 días" así como a remitir al Consejo una copia de dicha información.

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Se trata de una resolución que pone fin a la vía administrativa, sin embargo el Consejo recuerda que se puede interponer recurso ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Algo a lo que se ha acogido la Comunidad de Madrid para no cumplir, por el momento, con esta resolución. Fuentes de la Consejería de Presidencia confirman la presentación de ese recurso con los mismos argumentos que se presentaron ante el Consejo de Transparencia. Es decir, principalmente, la reelaboración que sería necesaria para hacer públicos los documentos.