Cómo actuar en caso de ciberestafas bancarias para que la entidad nos devuelva el dinero
Las principales trabas para esta devolución serían si el ciberfraude es deliberado por parte del cliente o si se ha producido una negligencia grave
En la ciberseguridad (27-02-2024): Cómo actuar en caso de ciberestafas bancarias para que la entidad nos devuelva el dinero.
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Fuenlabrada
¿Podemos exigir al banco que se haga cargo de lo que hemos perdido en un ciberfraude donde nos han robado las credenciales bancarias, es complicado reclamar, las sentencias suelen ser favorables al cliente? Son algunas de las preguntas que responde un experto ante el incremento de este tipo de fraudes.
Ignacio Vázquez abogado y Delegado de Protección de Datos, con amplia experiencia en reclamaciones bancarias por fraudes informáticos, explica que cada vez son más frecuentes las ciberestafas bancarias por robo de credenciales, muchas veces a través de phishing, smishing, vishing o modalidades varias. “Los delincuentes llevan tiempo haciendo campañas masivas para captación de credenciales de cuentas bancarias, con el fin usarlas de manera fraudulenta para extraer fondos”, afirma
Cuando esto ocurre, el cliente acude a su entidad bancaria a ver si puede recuperar ese dinero robado y ahí empiezan los problemas. ”El banco en gran parte de los casos, se niega a reconocer su responsabilidad y a devolver esos fondos”, dice Vázquez, quien asegura que hay entidades bancarias con muy buenas prácticas que devuelven el dinero sin problema, “otras negocian y te ofrecen la mitad, y otras se niegan en redondo, depende de las políticas internas”.
Este experto cuenta que las entidades bancarias deben tener “perfectamente securizadas las pasarelas de pago y si hay alguna incidencia tienen que devolver el dinero estafado en un 99% de los casos”. Esto es así por sus propias obligaciones y porque así lo establece la normativa española y europea, según indica Vázquez. “Las entidades bancarias crean unas plataformas de pago que entrañan un riesgo y están sometidas a determinadas legislaciones nacionales y de la UE. Si los bancos no generaran ese riesgo, es decir, no tuvieran pasarelas de pago, ni tarjetas de crédito, no tendrían cuota de mercado, con lo cual con esto se están lucrando”, por eso deben tener muchas garantías de seguridad y en caso de problemas de este tipo deberán devolver el dinero en un alto porcentaje de los casos.
Vázquez recuerda que es “responsabilidad de la entidad bancaria probar que ha habido un fraude deliberado por parte del cliente o negligencia grave, lo cual es realmente complicado”.
Qué hacer
Ante un ciberfraude que supone el robo de nuestras claves bancarias, lo primero es acudir a nuestro banco para “intentar retrotraer la transferencia que se haya hecho. Si se consigue habrá que cambiar todas la claves de acceso, nombre de usuario y demás, para que lo sustraído no tenga validez alguna”, dice..
En el caso de que la entidad bancaria se niegue a devolver las cantidades ilegítimamente dispuestas, hay una regulación muy específica en cuanto a la seguridad de los medios de pago y una responsabilidad bancaria casi objetiva. “Sólo puede negarse a devolver fondos en caso de que demuestre que ha habido un fraude deliberado por parte del cliente o que se ha producido una negligencia grave”.
Pero si la respuesta del banco es negativa a la devolución, el cliente tendrá que realizar una serie de trámites y reclamaciones que podrán terminar en un juicio, “donde normalmente se condena al banco a devolver el dinero”. Primero hay que reclamar la retrocesión de la transferencia al banco mediante un burofax, si no se puede acudir al Defensor del Cliente bancario o denunciar ante el Banco de España. Si en todos esos pasos no devuelven el dinero, el cliente deberá plantear una demanda ante la jurisdicción ordinaria civil.
No obstante, es normal que el afectado, sobre todo si se trata de una persona de una cierta edad, se fie mucho de lo que le diga el director de la sucursal, que muchas veces le disuadirá de reclamar. También existe el miedo a enfrentarse a toda una gran entidad bancaria e iniciar un pleito contra ella.
Vázquez indica que al tratarse de “un cliente minorista bancario, con cuenta de crédito y viendo los métodos tan sofisticados de los ciberdelincuentes, normalmente el juez le de la razón al cliente, por considerar que no tenia la capacidad ni habilidad para determinar si era falso o no”. Por eso las entidades bancarias realizan cada vez más compañas de concienciación sobre las credenciales, que ellos nunca te pedirán por correo u otras vías.