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El juez avala que se sigan disparando mascletás en la plaza de los Luceros

El juzgado de lo Contencioso número 3 de Alicante rechaza la petición de Salvemos Nuestro Patrimonio, al considerar que los disparos no dañan la fuente y que la ordenanza municipal regula los actos pirotécnicos

La fuente de Bañuls, a la derecha, en pleno estruendo de una mascletá en la plaza de Los Luceros. / Ayuntamiento Alicante

Alicante

Un magistrado de Alicante ha desestimado la petición de la asociación 'Salvemos Nuestro Patrimonio' para suspender las mascletás en las próximas fiestas de San Juan en la plaza de los Luceros.

El argumento es que no está acreditado que los disparos de pólvora causen daños en la fuente central.

En un auto con fecha de 25 de mayo, el titular del juzgado de Lo Contencioso Administrativo número 3 de Alicante ha considerado que no ha lugar a estimar la petición del colectivo y, consecuentemente, avala la decisión del ayuntamiento de efectuar el espectáculo pirotécnico desde Luceros, al tiempo que impone la costas del recurso a los demandantes. Una decisión contra la que cabe recurso de apelación.

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Salvemos Nuestro Patrimonio había argumentado la solicitud de impedir las mascletás desde Luceros en que los disparos "pueden causar daños de imposible o muy difícil reparación a la fuente central de la plaza, catalogada como bien de relevancia local" y había aportado una serie de pruebas documentales y periciales. Este material, sin embargo, no ha sido presentado correctamente por falta de ubicación y numeración, según el auto.

Además, la asociación también justificaba su petición en un presunto incumplimiento de la obligación de la Administración local demandada de proteger los bienes culturales de los que es titular.

Una vez analizados los argumentos, el magistrado ha concluido que, como señala el ayuntamiento de Alicante, no están acreditados esos posibles daños porque hay otros informes que niegan que haya un perjuicio a la fuente. También ha apuntado que existe una ordenanza municipal que regula los actos pirotécnicos que no prohíbe el disparo de mascletás en el entorno de bienes de relevancia local.

El titular del juzgado añade que las tracas, cohetes y resto de elementos explosivos no se colocan encima de la fuente sino en los alrededores, en concreto a lo largo de la calzada circular que rodea el monumento, por lo que "el disparo de una mascletá en el entorno inmediato de la fuente situada en la plaza de los Luceros se encuentra amparado por la legalidad".

"No se aprecia por este juzgador que los intereses que alega la parte solicitante de las medidas, ponderados frente al interés público en el mantenimiento de la ejecutividad del acto administrativo, deban ser tenidos como prevalentes al mantenimiento del interés general, ni que la no suspensión solicitada suponga un peligro por el transcurso del tiempo", ha expuesto el magistrado.

 
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