Un año del Plan de Cuenca del Tajo: ¿caudales ecológicos 'técnicos' o 'políticos'?
El desacuerdo político hará que el Tribunal Supremo vuelva a decidir si se mantienen los actuales caudales ecológicos
Alicante
No es la guerra del agua. Nada se ha reabierto. La Comunitat Valenciana ejerce su derecho a la legítima defensa ante los recortes del Gobierno Central, dice el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón. Lo cierto es que un año después de que el Consejo de Ministros aprobara el 24 de enero de 2023 el Plan de Cuenca del Tajo, el agua sigue siendo un elemento central de confrontación política.
Y es que Mazón insiste en que los caudales ecológicos que entonces se fijaron en el Tajo responden exclusivamente a "criterios políticos"; mientras desde el Ministerio de Transición Ecológica, el secretario de estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, insiste en que con ellos, se planifica para responder a las necesidades ambientales del río en un contexto de cambio climático.
Por cierto que Mazón y la vicepresidenta y ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, tienen previsto reunirse este lunes para intentar acercar posturas sobre las necesidades de agua de la Comunitat Valenciana.
Pero ¿quién tiene razón? ¿con qué criterios se han fijado los caudales ecológicos que garantizan la supervivencia del río más largo de la Península Ibérica?
Plan del Tajo
La falta de agua afecta al 40 % de la población mundial y se encuentra en el origen de conflictos y migraciones que tienen lugar en nuestro planeta. En el caso de la Unión Europea, con el objetivo de garantizar la calidad del agua y su utilización sostenible a largo plazo, en el año 2000 entró en vigor la Directiva Marco del Agua. Un texto de obligado cumplimiento en todos los países comunitarios.
Entre otras cuestiones, esta normativa protege el agua de los ríos, sus cauces y sus entornos, por encima de otros usos. Como consecuencia, los distintos gobiernos nacionales están obligados a desarrollar unos planes específicos para cada cuenca hidrográfica. Y a su vez, dichos planes obligan a establecer unos caudales ecológicos que garanticen la conservación de ese río.
Aquí viene el problema. Tras muchas discusiones y controversia, como contamos los medios de comunicación, a principios del pasado año el Consejo de Ministros dio el visto bueno al Real Decreto 35/2023, de 24 de enero de 2023. De esta forma, se aprobó el Plan Hidrológico del Tajo, en lo que se refiere a la parte española de este río. Posteriormente, se publicó en el BOE el 10 de febrero, con lo que el plan estará vigente, previsiblemente, hasta diciembre de 2027, fecha en la que debería estar lista la siguiente actualización para el periodo 2028-2033.
El plan, como recuerda el ministerio, para cumplir sus objetivos, incluye "un programa con más de 600 medidas promovidas por distintas administraciones y una inversión prevista durante toda su vigencia de más de 3.700 millones de euros".
Caudales ecológicos
En este mismo documento se establece el régimen de caudales ecológicos, que modifica algunos de los criterios que se habían marcado en la Declaración Ambiental Estratégica (DAE) realizada con anterioridad, ya que se consideraban insuficientes para garantizar la supervivencia del cauce. También se afirma que estos caudales pueden no contar con un respaldo mayoritario, que puede haber informes contradictorios y por ello, "el Gobierno asume la responsabilidad de aprobar (los planes hidrológicos) en los términos que estima procedentes, en función del interés general".
Pero, a la vez, también se asegura que los regímenes de caudales ecológicos deben fijarse en los planes hidrológicos "conforme a lo establecido en el Reglamento de Planificación Hidrológica y, a mayor detalle, siguiendo los requisitos indicados en el apartado 3.4 de la Instrucción de Planificación Hidrológica".
Y ¿qué dice este apartado en lo que se refiere a los ríos? Entre otras muchas cuestiones, que esos regímenes de caudales se establecen tras un proceso en el que se llevan a cabo, en primer lugar, estudios técnicos; posteriormente, un periodo de concertación y participación pública; y finalmente, tras su implantación, un proceso de seguimiento de los resultados. Fruto de todo lo cual, en el caso de los ríos, se fijaran unos "caudales mínimos que deben ser superados para mantener la diversidad espacial del hábitat (...) y el mantenimiento de las comunidades autóctonas".
Hay que recordar que los ríos son ecosistemas muy sensibles a los cuales no solo hay que proteger de la falta de agua sino también de las crecidas, por ello, también se fijan caudales máximos y se tienen en cuenta las variaciones bruscas de caudal.
Métodos o modelos
Pero, ¿existen métodos o modelos a seguir que nos den un mínimo caudal ecológico? Los hay. De hecho, estos caudales se fijan aplicando de forma combinada 'métodos hidrológicos' y de 'modelación de la idoneidad del hábitat'. Y para ello, entre otros criterios, se elabora una serie hidrológica de al menos 20 años con alternancia de años secos y húmedos. También se tiene en cuenta las especies que habitan en la zona y si están en peligro de extinción o no. Y también se analiza la vegetación que existe en su ribera.
Como referencia para hacernos una idea de los resultados de todos estos modelos, en el plan del Tajo se afirma que "allí donde hay datos de estudios hidrobiológicos el caudal ecológico medio anual propuesto, supondría de media un 80 % del hábitat potencialmente útil, lo que parece coherente con mantener un estado de conservación favorable". Para entendernos, cuando hablamos de 'hábitat potencialmente útil' nos referimos a una curva en la que se relaciona el régimen fluvial con la fauna existente en esa zona.
Finalmente, como resultado de todo ello, se decidió que estos caudales en Aranjuez (en este municipio se unen los ríos Tajo y Jarama y por cierto, la toma del trasvase se encuentra aguas arriba, en el Embalse del Bolarque) sean de 7 metros cúbicos por segundo en 2023, 8 metros cúbicos en 2026 y 8,6 metros cúbicos en 2027.
¿Cuál es el problema? Que por cada metro cúbico que se aumenta, se deben reservar 31 hectómetros cúbicos en los pantanos de cabecera para permitir que por dicho punto a lo largo de todo el año discurra esa cantidad mínima de agua. Lógicamente, a priori, se reduce la cantidad potencial a trasvasar. De hecho, el propio ministerio reconoce que el incremento puede conllevar un recorte de entre 70 y 110 hectómetros cúbicos de agua al trasvase. Por ello, la Generalitat, presidida por Ximo Puig, intentó que esos caudales se revisaran en función de la salud medioambiental del río con el objetivo de no tener que alcanzar los 8,65 metros cúbicos de caudal ecológico al final de este periodo y de esta forma, tener más agua para el Segura.
Caudales excesivos o cortos
Ahora, la pregunta es: ¿estas cantidades son excesivas? Tampoco hay una única respuesta. Es una cuestión técnicamente discutible. Hay ingenieros, economistas, ecólogos y otros colectivos que creen que no es necesaria tanta agua para garantizar el mantenimiento del río; otros, por el contrario, consideran acertada la medida o incluso, llegan a opinar que estos caudales son "decepcionantemente" cortos. E incluso, también hay quien ya anticipa que este trasvase, con caudales ecológicos o sin ellos, va a colapsar.
Obviamente, que suba el caudal ecológico no beneficia a la provincia de Alicante ya que se puede reducir la cantidad de agua, siempre fluctuante y más en estos tiempos de cambio climático, que queda para trasvasar. En este sentido, también conviene recordar que en el año 2014 se aprobó el llamado Memorándum del Tajo por el que se elevaban progresivamente de 240 a 400 hectómetros cúbicos la cantidad mínima de agua almacenada en los pantanos de Entrepeñas y Buendía para realizar trasvases. En aquel entonces, el PP gobernaba en España, en Castilla-La Mancha y en la Comunitat Valenciana.
Volviendo al plan de cuenca, la decisión de aumentar los caudales ecológicos produjo un evidente malestar en la cuenca del Segura, por ello, para revertir esta situación se presentaron cuatro recursos ante el Tribunal Supremo. Lo hicieron la Diputación de Alicante, la Generalitat y los gobiernos de la Región de Murcia y de Andalucía. En todos los casos, se reclamaba la suspensión cautelar del incremento de caudales ecológicos hasta entonces fijado en 6 metros cúbicos por segundo. Algo que ya ha sido desestimado por los jueces. Posteriormente, presentó un recurso la Comunidad Autónoma de Madrid ya que considera que el plan afecta a su abastecimiento. También reclamaba la nulidad de estos caudales.
Con lo cual, estamos a la espera de las sentencias que elaborara el Tribunal Supremo. Sin embargo, hay que recordar que no es la primera vez que se recurre a la vía judicial para parar que el plan del río contemplara los caudales ecológicos. En todos estos casos, hasta en cinco ocasiones, el Supremo siempre ha fallado a favor de su existencia como algo "imperativo".
Veremos qué ocurre en esta ocasión. Al final serán los juzgados, lamentablemente, ya que el asunto debería haberse arreglado políticamente, los que decidan si se mantienen estos caudales o se tienen que fijar unos nuevos.