La exconsellera Pradas recurre el auto de la jueza de la DANA responsabilizando al Gobierno de los fallos
La responsable de Emergencias en el momento de las inundaciones asegura que es "inadmisible" que se la seleccione como "cabeza de turco" para "atribuirle" las muertes de la tragedia

Archivo- Salomé Pradas. . EFE/Biel Aliño / Biel Aliño (EFE)

València
Salomé Pradas y Emilio Argüeso han presentado sendos recursos al auto de la jueza de Catarroja que los cita a declarar en calidad de investigados. La defensa de la exconsellera pide el sobreseimiento de la causa por carecer de naturaleza penal y archivo del procedimiento.
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Acusa a la jueza de obviar que existía codirección con la Delegada del Gobierno, que la catástrofe es de una magnitud imparable, que las competencias de alertar a la población no eran solo autonómicas sino que el Estado y sus organismos las tenían igualmente y que la tragedia tuvo su origen no en las lluvia sino en la inexistencia de obras de encauzamiento de los ríos que arrastraron por el barranco de Poyo y que no es admisible centrar la cuestión en el retraso en enviar el ES-Alert ante la complejidad normativa existente.
En concreto, sobre las obras no ejecutadas, cita la presa de Cheste en 2005 y las obras del encauzamiento del barranco del Poyo que se iban a hacer en 2011 y "tampoco se hicieron; eso sí que hubiera evitado las muertes que desgraciadamente se produjeron", asegura la defensa de la exconsellera.
La exdirigente popular expresa en el escrito que resulta "absolutamente inadmisible" que se la seleccione como "cabeza de turco" con la pretensión "de poder atribuirle la responsabilidad penal" por los 228 fallecimientos.
Entiende la defensa que, en cualquier caso, este caso debería sustanciarse por la vía contencioso-administrativa.
Argüeso no tenía mando
Por su parte, el abogado de Emilio Argüeso, ex secretario autonómico de Emergencias, recurre su llamada a declararlo como investigado, al menos hasta que se determine la totalidad de posibles víctimas.
Entiende que nada de lo que apunta la jueza tiene que ver con su cliente, que no se desarrolla ni un mínimo la responsabilidad del daño que describe la jueza de las víctimas y ello es imprescindible en la imputación de un delito.
Y le llama también la atención que no llame como investigado al responsable del 1-1-2.
Además, su abogado afirma que el 112 no llegó a enviar mensaje alguno al Cecopi en toda la tarde/noche del 29 de octubre.
Asegura la defensa que Argüeso no tenía competencia orgánica y funcional para decidir si se enviaba o no el mensaje, el contenido ni la hora que debía enviarse.
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Jose Forés Romero
Redactor en Radio Valencia desde 2024, editor de 'La Ventana Comunitat Valenciana'. Ha trabado en distintos...




