El Consell moviliza hasta 10 millones de euros para la reparación de ascensores dañados por la DANA
Además se ha aprobado una ampliación de 500.000 euros para las ayudas urgentes de demolición de viviendas

Ascensor afectado por la DANA en Paiporta / Villar Lopez (EFE)

Valencia
El Pleno del Consell ha aprobado el decreto que establece las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión directa de ayudas urgentes destinadas a la reparación o sustitución de ascensores dañados a consecuencia de la DANA del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana. Estas ayudas se destinan a edificios situados en los municipios afectados y en los que residen personas con dependencia grado II o III, así como personas con discapacidad con movilidad reducida.
El importe global máximo destinado a estas ayudas asciende a 10 millones de euros distribuidos en dos anualidades (2025 y 2026) y en dos líneas de subvención.
Las subvenciones cubrirán trabajos de reparación o sustitución necesarios para restablecer el funcionamiento de los ascensores dañados, incluida la fabricación, suministro e instalación de piezas, así como el reemplazo de cabinas cuando sea imprescindible. La cuantía de la ayuda por actuación se sitúa entre un mínimo de 1.000 euros y un máximo de 50.000 euros.
Podrán ser beneficiarias las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades, cooperativas de viviendas, comunidades de bienes, sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro, administraciones y organismos públicos, así como las personas físicas propietarias de edificios completos, siempre que en la vivienda servida por el ascensor resida al menos una persona con dependencia grado II o III o discapacidad con movilidad reducida.
Las circunstancias sociales, económicas y humanitarias derivadas de la catástrofe justifican que la concesión de las ayudas se realice mediante el régimen de concesión directa y con tramitación de urgencia.
El decreto aprobado da continuidad al acuerdo del Consell de 4 de noviembre de 2024, que estableció medidas urgentes para paliar los daños del temporal, y a la declaración del Consejo de Ministros del 5 de noviembre, que reconoció la zona afectada como “gravemente afectada por una emergencia de protección civil”.
Ayudas para demolición de viviendas
Por otra parte, el Pleno del Consell ha aprobado una ampliación de 500.000 euros para las ayudas urgentes de demolición de viviendas afectadas por la dana de 2024, destinando un total de 1,2 millones de euros para atender todas las solicitudes presentadas que cumplen los requisitos.
El Consell aprobó, en la sesión del 28 de octubre, el decreto que establecía las bases reguladoras para la concesión directa de estas ayudas con una dotación inicial de 700.000 euros, ampliable en caso necesario.
El número de solicitudes que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria y, por lo tanto, beneficiarias de las ayudas es de 52. En una primera resolución se aprobó la concesión de las ayudas a 34 de los expedientes por un total de 700.000 euros y, con esta segunda resolución, se amplían 500.000 euros para cubrir los 18 expedientes restantes y atender así el 100% de las solicitudes con derecho a la ayuda.
Ayudas por nacimiento o adopción
Además, se ha aprobado el decreto que regula la concesión directa de ayudas excepcionales destinadas a las familias residentes en los municipios afectados por la dana, que hayan sufrido daños ocasionados por el temporal y cuenten con hijos o hijas nacidos, adoptados o en situación de guarda con fines de adopción entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.
Podrán acogerse a estas ayudas las personas progenitoras, adoptantes o en guarda con fines de adopción que estuvieran empadronadas en los municipios afectados en la fecha del temporal y que, además, hayan sido beneficiarias de alguna de las ayudas de emergencia aprobadas por el Consell para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad o para reparar los daños derivados de la destrucción de vehículos siniestrados.
El decreto cuenta con un presupuesto total de 30 millones de euros, distribuidos en 10 millones para 2025 y 20 millones para 2026, con posibilidad de ampliación mediante acuerdo del Consell. La cuantía básica asciende a 2.000 euros por cada hijo o hija nacido, adoptado o en guarda con fines de adopción dentro del periodo establecido.
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación del decreto en el DOGV y hasta el 31 de enero de 2026, tanto por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, como de manera presencial en los registros de la Generalitat, oficinas PROP, oficinas de Correos y en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero.
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