Condenan a la aseguradora del Hospital de Dénia a pagar 483.000 euros por la amputación de una pierna
La sentencia considera probada la mala praxis por no realizar a tiempo una ecografía clave para detectar una isquemia arterial

Cadena SER

Dénia
El Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid ha condenado a la aseguradora del Hospital de Dénia a indemnizar con cerca de 483.000 euros a un paciente por el retraso y el error en el diagnóstico de una isquemia arterial que derivó en la amputación de su pierna derecha. La resolución judicial estima parcialmente la demanda presentada por el afectado por mala praxis médica.
La indemnización se desglosa en 389.011 euros por daños y perjuicios, más 94.000 euros en concepto de intereses, aplicados conforme al artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro. La sentencia, fechada el 17 de noviembre de 2025, ha sido dada a conocer por la asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han acompañado al afectado durante el proceso.
Según los hechos probados, el paciente, de 63 años, acudió al servicio de urgencias del Hospital de Dénia el 6 de marzo de 2023 por un intenso dolor en el antepié derecho. A pesar de presentar signos clínicos compatibles con una patología arterial grave, únicamente se le practicó una analítica y fue dado de alta con un diagnóstico erróneo de trombosis venosa profunda, sin realizar una ecografía Doppler que hubiera permitido confirmar el origen del problema.
Horas después, ante el empeoramiento del dolor, el paciente regresó al hospital, donde finalmente se le diagnosticó una isquemia arterial. Sin embargo, el tiempo transcurrido hizo imposible la revascularización del miembro, por lo que fue necesaria la amputación por encima de la rodilla. La sentencia subraya que ya en la primera atención se describía la disminución de pulsos arteriales y la frialdad de la extremidad, signos que exigían descartar una causa arterial.
Uno de los aspectos más graves señalados en el fallo es que el hospital no disponía de servicio de ecografía después del mediodía, circunstancia reconocida por el propio jefe de urgencias en un informe interno. Los peritos coinciden en que la realización de una ecografía el mismo día habría permitido un diagnóstico correcto y un tratamiento adecuado que podría haber evitado la amputación.
El Defensor del Paciente ha calificado el caso como una negligencia médica grave, alertando del riesgo que supone para los ciudadanos que una prueba básica no esté disponible en un servicio de urgencias. Además, lamenta que la indemnización concedida solo cubra una prótesis estándar, insuficiente para recuperar plenamente la calidad de vida del afectado, cuya vida ha quedado “gravemente limitada” tras la amputación.




