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Ayuntamiento de Catral

El Supremo ratifica la condena al exalcalde y a un asesor de Catral por desviar dinero municipal a sus cuentas privadas

Se les considera responsables de crear un entramado de prevaricación y malversación que se prolongó durante casi dos años

Aurelio Albero, exalcalde de Catral (Alicante)

Aurelio Albero, exalcalde de Catral (Alicante)

Alicante

La sombra de la corrupción vuelve a planear sobre la gestión municipal en la Vega Baja. El Tribunal Supremo ha dictado sentencia confirmando el grueso de la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Alicante contra el exalcalde de Catral, Aurelio Albero, y su colaborador, Juan Carlos Llopis, por crear un entramado de prevaricación y malversación que se prolongó durante casi dos años.

Todo comenzó tras las elecciones de mayo de 2011, cuando Albero, recién nombrado alcalde, decidió incorporar como "personal de confianza" a Llopis, quien ocupaba el séptimo puesto en su propia lista electoral y no había logrado el acta de concejal. A pesar de que el Pleno municipal rechazó la creación de esa plaza de asesor, el exalcalde mantuvo a su compañero mediante una designación verbal directa y, posteriormente, a través de contratos menores y prórrogas irregulares que le permitieron gestionar las cuentas municipales hasta marzo de 2013.

La sentencia detalla cómo Llopis, aprovechándose de su posición y de las claves bancarias facilitadas por el consistorio, llegó a desviar casi 10.000 euros de las arcas públicas a sus cuentas personales mediante varias transferencias.

Por estos hechos, el Supremo ratifica la pena de cuatro años y tres meses de inhabilitación para el exalcalde por prevaricación, mientras que Llopis se enfrenta a tres años de prisión y seis de inhabilitación por malversación y falsedad documental.

Rebaja a la mujer de Llopis

Sin embargo, el Tribunal Supremo si ha aceptado rebajar la pena a Carmen María Flores, la esposa de Carlos Llopis. El Alto Tribunal ha rebajado a la mitad su responsabilidad civil como partícipe a título lucrativo, fijándola en 1.436 euros, frente a los más de 2.800 establecidos inicialmente. Entiende el Supremo que el dinero malversado se destinó a distitnos gastos comunes de la vivienda familiar y no solo a su beneficio exclusivo.

Omar Sancho

Omar Sancho

Cubro la información municipal de Alicante desde hace más de 15 años, con un "pequeño parón" para descubrir...

 

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