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La justicia avala la sanción del ayuntamiento de València contra una vivienda turística explotada sin licencia municipal

La sentencia sienta un precedente en la lucha contra los apartamentos ilegales

Siguen proliferando los pisos turísticos en València

Siguen proliferando los pisos turísticos en València / Manuel Bruque (EFE)

Siguen proliferando los pisos turísticos en València

València

La Magistrada de la Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Valencia, plaza número 4, ha confirmado la multa que el gobierno municipal impuso al propietario de un apartamento turístico de la calle músico Peydró, en pleno centro de la ciudad, por no cumplir con todas las condiciones que marca la normativa vigente.

La sentencia sienta un precedente al avalar por primera vez el plan de acción sancionador del ayuntamiento de València contra los miles de pisos turísticos ilegales que todavía hoy ejercen esta actividad en la ciudad.

El consistorio sancionó al propietario de este piso turístico ilegal con 10.000 euros. Éste recurrió la multa al considerar que la actividad estaba debidamente registrada a través de la conselleria de Turismo de la Generalitat Valenciana.

Sin embargo, el Ayuntamiento sancionó y ordenó el cierre de esta vivienda de uso turístico porque pese a cumplir la normativa de Turismo, incumplía la ordenanza municipal, al no estar debidamente inscrita en el registro de suelos de uso terciario.

Registro de suelos de uso terciario

En la vista, celebrada el pasado 13 de marzo, el propietario alegó que el ayuntamiento había infringido el derecho a la defensa al imponer la sanción directamente, cuando, según consta en la sentencia, "se debió valorar por parte de la Administración la posibilidad de requerir el cese de la actividad y el cumplimiento de los trámites legales antes de sancionar económicamente".

Con todo y con eso, la jueza asegura en la sentencia que el propietario en ningún momento negó que ejercía la actividad de alojamiento turístico en la vivienda sancionada. Es más, según dijo, consideraba legal la actividad al estar incluida en el registro de viviendas turísticas de la Generalitat.

Pero la magistrada asegura que el uso de esa vivienda no puede considerarse como residencial, cuando realmente funciona como terciario hotelero. Además, el juzgado confirma los argumentos del Ayuntamiento para imponerle una sanción de la que el propietario no puede eximirse con el argumento de que ignoraba la existencia de la normativa municipal en cuestión.

Por último, respecto a la proporcionalidad de la sanción, aunque la infracción es considerada grave se le impuso la cuantía mínima (10.000 euros). El Ayuntamiento también le requiere a cesar en la actividad, algo que obliga al propietario a cumplir con la orden de cierre si no quiere ver dichas sanciones agravadas.

De esta manera, la justicia sienta precedente en la lucha del Ayuntamiento contra pisos turísticos ilegales en vísperas del pleno municipal de la semana que viene en la que se aprobará definitivamente la nueva normativa en la que se refuerzan las medidas de inspección contra este tipo de actividad empresarial.

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Manuel Gil

Manuel Gil

Redactor en Radio Valencia - Cadena SER desde 2010. Se encarga de la información municipal del Ayuntamiento...

 

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