El Ayuntamiento de València aprueba definitivamente la reducción del horario de las terrazas en las plazas del Cedre y d'Hondures
Durante los meses de enero, febrero, noviembre y diciembre, el horario de las terrazas será de 8 horas a 00:00 horas

Juan Carlos Caballero y Carlos Mundina en rueda de prensa en el Ayuntamiento de València / Ajuntament de València

València
El Ayuntamiento de València ha aprobado la reducción del horario de apertura de las terrazas de la plaza del Cedre y de la plaza d’Hondures “como medida preventiva para disminuir el nivel sonoro exterior”. Dicha medida entrará en vigor una vez el acuerdo aprobado este jueves sea publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.
El concejal delegado de Mejora Climática, Acústica y Eficiencia Energética, Carlos Mundina, ha explicado que la aprobación de la medida se produce después de recibir y analizar las alegaciones presentadas a la propuesta inicial, y una vez resueltas las alegaciones presentadas por dos por asociaciones vecinales (la Asociación de Vecinos de Ciutat Jardí (Cedro y adyacentes) y la Asociación de Vecinos de la Plaza de Honduras y Adyacentes) y también por la Federación Empresarial de Hostelería de Valencia.
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Carlos Mundina: concejal delegado de Mejora Climática, Acústica y Eficiencia Energética
Tal como ha subrayado Carlos Mundina, “esta medida viene a reforzar la política municipal de defensa del derecho al descanso a los vecinos, derecho fundamental reconocido constitucionalmente y por la jurisprudencia, que debe conciliarse con el derecho al ocio”.
Desde el Servicio de Mejora Climática, Acústica y Eficiencia Energética, se ha recordado que la competencia municipal para intervenir en materia de contaminación acústica resulta reconocida en la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local. Esa norma sitúa la protección frente a la contaminación acústica dentro del ámbito del medio ambiente urbano y, por tanto, dentro de las competencias propias municipales. Esa atribución, han añadido, legitima al Ayuntamiento de València para actuar sobre zonas con especial presión sonora. “Esta competencia se ejerce en los términos fijados por la legislación estatal y autonómica y con pleno respeto al principio de legalidad. En consecuencia, el Ayuntamiento puede imponer restricciones, mediante actos y acuerdos dictados conforme al procedimiento y con fundamentación suficiente, tal y como se ha hecho”, han subrayado.
“La medida está avalada por lo regulado en la Ordenanza de Dominio Público Municipal, la cual en su artículo 45, indica que los horarios en ella establecidos son horarios máximos que, caso justificado como es el que nos ocupa, se podrán reducir. La evidencia de las quejas existentes por parte de la vecindad de la zona de referencia y los niveles alcanzados hacen que la medida sea proporcionada y procedente”, ha concluido el concejal Mundina.
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