El Tribunal Supremo decidirá el futuro de la Colonia de Santa Eulalia
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por un particular frente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que desestimó garantizar la protección de la Colonia

Colonia de Santa Eulalia / Colonia de Santa Eulalia

Villena
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia que desestimó el recurso de un particular para defender de la ruina la Colonia de Santa Eulalia en junio de 2014 fue recurrida en casación y este recurso, ha sido admitido por el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo en el auto de admisión consideró que la cuestión tiene interés casacional objetivo y generará jurisprudencia en relación con cuál ha de ser la actuación de la Administración Pública en situaciones de peligro de deterioro o destrucción de un bien integrante del Patrimonio Histórico Español, ya sean de propiedad pública o privada.
Esta jurisprudencia aclarará cuáles son las obligaciones de las administraciones y hasta dónde llegan. También estudiará el contenido de la acción pública en materia de patrimonio histórico y qué pueden exigir los particulares ante los tribunales y órganos administrativos para defender el patrimonio.

Colonia de Santa Eulalia / Colonia de Santa Eulalia

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Otros Tribunales Superiores de Justicia, como el de Madrid o el de Murcia han tomado decisiones diferentes en casos similares, obligando a la administración a tomar las medidas necesarias para evitar la pérdida de elementos protegidos.
Por ello, la solución a la Colonia de Santa Eulalia, generará jurisprudencia y esta decisión será aplicable a situaciones similares en otros monumentos. En España existen más de 17.000 inmuebles protegidos.

Colonia de Santa Eulalia / Colonia de Santa Eulalia

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La defensa letrada del particular que defiende a este monumento ha argumentado que, en nuestro ordenamiento jurídico, sea en la Constitución, Ley 16/85 de 25 de junio de patrimonio histórico español o el Convenio sobre la protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de 1972, se establece una obligación incondicional de garantizar el mantenimiento del Patrimonio Histórico, con todos los medios a su alcance. Y que los particulares pueden instar a que este patrimonio se defienda, en aquellos casos en que las administraciones no realicen actuaciones suficientes.
En este caso, la actuación del Ayuntamiento de Sax fue poco decidida. Por un lado, impuso tres multas coercitivas para realizar el vallado de los inmuebles en estado de derrumbe, por importe de 288,83 €, cada multa (866,49 € en total). No consta que se haya cobrado, ni que se hayan impuesto más multas. Por otro lado, dictó otra orden de ejecución de demolición de uno de los bienes protegidos, por haber colapsado en parte.
El Ayuntamiento de Villena tampoco ha realizado actuaciones decididas en los inmuebles sitos en su término municipal.

Colonia de Santa Eulalia / Colonia de Santa Eulalia

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Cabe recordar que los propietarios de bienes inmuebles están exentos de pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles y pueden acceder a ayudas. Todas las obras públicas del Estado y de la Generalitat Valenciana deben reservar un 1% de su presupuesto para mantener el patrimonio histórico español. Por eso no hay excusa para que los propietarios no realicen actuaciones de mantenimiento.
Acció Ecologista-Agró se siente esperanzada de que este recurso pueda ser favorable. Sólo se admiten un 20% de los recursos de casación, por lo que inicialmente, es una buena noticia, y señala que las diferentes asociaciones y particulares preocupadas y ocupadas por este monumento esperan que el recurso sea favorable y siente jurisprudencia que defienda este y otros monumentos en situación similar.

Colonia de Santa Eulalia / Colonia de Santa Eulalia

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