Domingo, 04 de Junio de 2023

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El presidente del TSJA insta a todos los jueces andaluces a paralizar los desahucios inminentes

Lorenzo del Río se pondrá en contacto con todos los jueces decanos de la comunidad para trasladarles el acuerdo al que han llegado los jueces de Granada para cumplir con la ley hipotecaria que entró en vigor este miércoles

La ley prevé que las partes ejecutadas (deudores) disponen del plazo de un mes para oponerse al desahucio si plantean la existencia de posibles cláusulas abusivas. Con la decisión adoptada de que el servicio común de notificaciones no practique esos desahucios ya previstos, se persigue que el deudor no esté privado de esa posibilidad de plantear la nulidad de la orden de lanzamiento que ahora sí recoge la ley.

El Tribunal Superior de Justicia andaluz trasladará a los jueces un acuerdo que insta al Servicio Común de Notificaciones a devolver órdenes inmediatas de desahucios a los juzgados para cumplir la ley de protección de deudores hipotecarios, lo que en la práctica implica la paralización de esos lanzamientos.

El presidente del TSJA, Lorenzo del Río, se ha referido concretamente al acuerdo del juez decano de Granada, Francisco Sánchez, que ha trasladado al referido servicio un documento, al que ha tenido acceso Efe, que recoge que "deben suspenderse" los lanzamientos hipotecarios pendientes.

Del Río ha señalado que el cumplimiento del referido acuerdo es "inmediato", y que, de hecho, se pondrá en contacto con el resto de jueces decanos de la comunidad para que puedan proceder "en igual sentido".

El juez decano de Granada, Francisco Sánchez, ha explicado que el acuerdo pretende coordinar las consecuencias procesales que se derivan de la Ley de protección de los deudores hipotecarios que entró en vigor ayer mismo tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esa ley prevé que las partes ejecutadas (deudores) disponen del plazo de un mes para oponerse al desahucio si plantean la existencia de posibles cláusulas abusivas.

Con la decisión adoptada de que el servicio común de notificaciones no practique esos desahucios ya previstos, se persigue, según Sánchez, que el deudor no esté privado de esa posibilidad de plantear la nulidad de la orden de lanzamiento que ahora sí recoge la ley.

En cualquier caso, la decisión final dependerá de cada juzgado dentro de su independencia, que podrá acordar lo que estime pertinente en cada caso concreto: devolverlo nuevamente al servicio común para que ejecute el desahucio o bien agotar el nuevo plazo de un mes previsto en la ley.

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