Absuelta de usurpación una mujer que ocupó una casa de Emvisesa con sus hijos
La sentencia, a la que ha tenido acceso la SER, tiene en cuenta la situación de necesidad de esta familia con hijos menores. El juzgado expone que fue una "ocupación transitoria" pues la familia "estaba en la calle" ese invierno y <b>"no tenía dónde residir pues ni le alquilaban una casa ni le concedían una vivienda social"</b>
Mónica entró en una vivienda deshabitada de Emvisesa en febrero de 2012. La familia estuvo viviendo allí hasta enero de 2013. El juzgado de lo Penal 7 de Sevilla absuelve a esta mujer del delito de usurpación del que le acusaba la Empresa Municipal de la Vivienda porque tiene en cuenta que la familia no tenía otro lugar donde residir cuando entró en el inmueble en pleno invierno, que la ocupación duró "escaso tiempo" y que la familia abandonó "voluntariamente" la vivienda cuando el juzgado comunicó a Mónica su imputación, sin ocasionar destrozo alguno.
El juzgado que ha absuelto a Mónica da por probado que esta mujer, su pareja (que estaba en desempleo),
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y sus hijos menores de edad carecían de vivienda donde residir en aquel periodo invernal cuando ocuparon la vivienda de Emvisesa. El juzgado tiene en cuenta que nadie les alquilaba una casa y que tampoco les adjudicaban una vivienda social.
La sentencia recoge que la vivienda de Emvisesa estaba deshabitada cuando esta familia con niños menores entró y que no ocasionaron daño alguno para entrar en el inmueble, que ocuparon "escaso tiempo", según el tribunal, desde febrero de 2012 hasta enero de 2013. El juzgado argumenta también que se trató de una "ocupación transitoria", por la época que era (pleno invierno) cuando ocuparon la casa.
El juzgado valora, además, que abandonaron la casa de forma voluntaria cuando la mujer fue informada por el juzgado de su imputación, sin que fuese necesario un desalojo. Por ello el juzgado absuelve a esta mujer del delito de usurpación del que la acusaba Emvisesa. La sentencia no es firme.