Política | Actualidad
CASO NÓOS

Castro ordena embargar la vivienda de Jorge Vela

La vivienda unifamiliar del exdirector de la Ciudad de las Artes y las Ciencias servirá como pago de la fianza de 2,8 millones de euros impuesta por el magistrado

Valencia

El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha acordado este lunes embargar la vivienda unifamiliar del exdirector general de la Ciudad de las Artes y las Ciencias (Cacsa) Jorge Vela, a fin de que éste responda con el inmueble a la fianza civil de 2,8 millones de euros que el magistrado le impuso el pasado mes de diciembre de forma conjunta con la exdirectora de gestión de la entidad Elisa Maldonado.

Así lo ha acordado el magistrado mediante un auto dictado este lunes, después de que el acusado haya designado el anterior inmueble como bien a embargar tras no haber hecho frente a la caución. La semana pasada, Castro ya actuó del mismo modo con la vivienda designada por Maldonado.

Del mismo modo, requirió a una entidad aseguradora a fin de que, en nombre del exsecretario autonómico de Eventos de la Generalitat Valenciana Luis Lobón, preste fianza para responder a la suma de 4,1 millones de euros que le fue impuesta al procesado.

Los acusados Marco Antonio y Miguel Tejeiro también presentaron en su día su listado de bienes. El plazo para la entrega finalizaba a las 15.00 horas del pasado viernes, lo que no impide, sin embargo, que estos días puedan ir presentando su relación de bienes o abonar las fianzas.

Quienes sí hicieron frente en su día al pago de sus respectivas fianzas son Ballester --que abonó 52.601 euros--, y la exconsejera delegada de la Fundación Madrid 16 Mercedes Coghen --quien presentó hace varios meses un aval por valor de 152.000 euros--.

Por su parte, la Infanta Cristina pidió el viernes al juez que rebaje la "injustificada" fianza civil que le exige de 2.697.150 euros a 449.525.

Una vez comprobado el valor del patrimonio señalado por los acusados, el juez Castro procederá a su embargo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 597 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim). En caso de que alguno de los procesados no designase bienes concretos, el Juzgado iniciaría una investigación de la totalidad de su patrimonio en aras a embargarlo en cuantía suficiente hasta cubrir la suma reclamada.

Lo más

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00