El juez da tres días de plazo al Arzobispado para que se persone
En el mismo plazo, deberá de ingresar 50.000 euros de fianza para indemnizaciones en caso de condenas
Granada
El Juzgado de Instrucción 4 de Granada, que investiga el llamado 'caso Romanones' sobre abusos sexuales presuntamente cometidos por sacerdotes en Granada, ha dado tres días de plazo al Arzobispado de Granada para que se persone, con abogado y procurador, en la causa como responsable civil subsidiario.
Según han informado a Europa Press fuentes del caso, el titular del Juzgado, el magistrado Antonio Moreno, ha emitido una nueva providencia hace unos días, justo después de que declarara en sede judicial el único procesado en el caso, el padre Román M.V.C., quien negó el pasado día 11 haber abusado sexualmente del denunciante cuando era menor de edad, por el que, según dijo, sentía el "amor fraterno" de un sacerdote que acoge a las personas que acuden a su parroquia.
El Arzobispado tendrá así que personarse con su propio abogado y procurador en los próximos días porque, de no hacerlo, éstos les serán desginados de oficio. Además, deberá prestar una fianza como responsable civil subsidiario con "apercibimientos legales en caso de no verificarlo".
El Juzgado de Instrucción número 4 de Granada acogió el pasado viernes la declaración indagatoria del padre Román como paso previo antes de dar por concluido el sumario y remitir el expediente a la Audiencia Provincial de Granada, que será la encargada de dictar la apertura de juicio oral.
El padre Román manifestó entonces su disconformidad con el auto que le procesa por un delito de abuso sexual continuado con prevalimiento, castigado con pena de prisión de cuatro a diez años, y sostuvo que nunca se "exhibió desnudo" ante el denunciante.
Su declaración indagatoria se produjo días después de que el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Granada procesara al único imputado por un supuesto delito de abuso sexual continuado con prevalimiento, al considerar que existen indicios racionales de criminalidad en su conducta contra el denunciante de los hechos cuando éste era menor de edad.
En el mismo auto de procesamiento requería al procesado que prestase fianza de 50.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse en la causa y prorrogaba por un plazo de seis meses la medida cautelar de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la "víctima".
El magistrado estimaba corroborados los "iniciales indiciarios hechos" por los que se inició el procedimiento, a raíz de la denuncia que el 14 de octubre de 2014 presentó la víctima ante la Fiscalía de Granada exponiendo haber sufrido "continuados o permanentes abusos sexuales por parte de un grupo de sacerdotes incardinados en la Diócesis de Granada", desde el año 2004, cuando tenía 14 años y hasta 2007 cuando ya contaba con 17 años.
El pasado mes de septiembre, la Audiencia de Granada declaró prescritos los delitos que se le atribuían a once de las doce personas que fueron inicialmente imputadas, diez sacerdotes y dos laicos, confirmando que la causa sólo debía continuar contra el padre Román M.V.C., considerado el líder del grupo.