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La nueva Ley del Suelo permitirá regularizar más de 800 explotaciones agrícolas y ganaderas

El sector primario de las Islas considera positiva la nueva norma

Una vaca y su ternero en una explotación agrícola. / EFE

Santa Cruz de Tenerife

El anteproyecto de Ley del Suelo que ha propuesto el Gobierno de Canarias ha causado reacciones diversas a medida que los agentes sociales de las Islas han ido conociendo el documento. Además de los artículos más polémicos, relacionados con el papel que jugará la Cotmac o el reforzamiento de las competencias en matéria urbanística a los ayuntamientos, el nuevo texto legislativo supondrá un avance para el sector primario. Esto es lo que ha señalado el presidente de la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos en Canarias (COAG), Rafael Hernández, quien anuncia que la nueva ley permitirá la regularización de más de 800 explotaciones agrícolas y ganaderas. "Esta ley se puede convertir en una oportunidad para las más de 10.000 explotaciones ganaderas que hay en Canarias, de las cuales 900 han solicitado la regularización y sólo 200 las han conseguido, los agricultores y ganaderos puedan ejercer su actividad y poder acceder a las ayudas europeas". Del mismo modo, la nueva Ley del Suelo contempla la incentivación de las energías limpias en suelos rústicos prácticamente redefiniendo los usos en este tipo de suelos.

Amplia renovación

El espíritu de la nueva Ley del Suelo se basa en el principio de permitir el desarrollo de suelo urbanizable sólo contiguo al urbano, así como la práctica prohibición de clasificar nuevos suelos turísticos. De esta forma, los principios de la reforma atienden al desarrollo sostenible como objetivo en todas sus nuevas dimensiones; movilidad, eficiencia energética, conservación del paisaje y lucha contra el cambio climático. Además, la nueva norma quiere aglutinar todas las reglas fundamentales de protección, ordenación y utilización del suelo, por lo que viene a sustituir a otras tres normas. De este modo, la Ley del Suelo se propone sustituir al Texto Refundido de la Ley del Territorio del año 2000, a las Directrices de Ordenación (2003) y a la Ley de Armonización y Simplificación (2014). La nueva norma excluye modificar la normativa vigente sobre turismo, patrimonio histórico, comercio, actividades, clasificadas, vivienda, etc., sin perjuicio de algunos ajustes vía disposiciones adicionales.

Mientras, el borrador mantiene las categorías actuales desde la perspectiva de ordenación del suelo -rústico, urbanizable y urbano-, pero introduce una novedad al considerar que "todo suelo no urbano o no urbanizable será suelo rústico", invirtiendo el criterio fijado por la Ley estatal 6/1998, que liberalizaba suelo. Desde la perspectiva del borrador, sólo se admitirá el nuevo suelo urbanizable preciso para las necesidades a las que no da respuesta el suelo ya clasificado desde el punto de vista del interés público. Finalmente, otra de las novedades que plantea el borrador tiene que ver con la revisión de los procedimientos en función de las competencias atribuidas a cada Administración en materia territorial y urbanística. De esta manera, las herramientas de planeamiento--planes insulares, planes generales de ordenación, etc.--serán aprobadas por las Administraciones competentes, mientras que las Administraciones afectadas intervendrán en proceso vía informe sobre aquellas materias que sean de su competencia.

 
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