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Sentencia

Victorino Alonso, absuelto de 'desobediencia grave' a la autoridad

El juzgado de lo Penal número 1 de León considera que no ha quedado nada probado sobre las acusaciones de incumplir la paralización del cielo abierto del Feixolín en Laciana

El empresario,Victorino Alonso / EFE

Ponferrada

La sentencia absuelve al empresario Victorino Alonso y al administrado de la sociedad MSP, posteriormente, Coto Minero Cantábrico del presunto delito de desobediencia grave del que le acusaban la formación Los Verdes y la empresa Narsil del industrial lacianiego, Antonio Arias Tronco.

En la resolución judicial, el magistrado deja claro que ha sido probado que el empresario y la MSP vulnerasen la orden emitida por el juzgado número 2 de los contencioso-administrativo de León  que exigía la paralización del cielo abierto del Feixolín en 2005 y el dictamen de la Junta para la posterior restauración de la corta.

El proceso judicial comenzó hace ahora una década después de que los demandantes considerasen que Alonso había desoído las advertencias de la administración autonómica y también de la autoridad judicial por lo que el empresario se enfrentaba a una petición máxima de 13 meses de cárcel formulada por la acusación presentada la formación Los Verdes a través del eurodiputado, David Hammerstein.

De hecho, el informe pericial aportado al proceso asume que no ha quedado  probado, a través de las pruebas prácticadas,  que la extracción de carbón realizada en el cielo abierto del Feixolín se debiese a otro motivo que no fuese el movimiento de tierras y material necesario para las labores de restauración de la corta.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de León en un plazo de diez días hábiles.

 

 
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