Begoña Gómez cita la boda de la hija de Aznar, los cuidados al padre de Rajoy o la asistencia en los conciertos de la mujer de Zapatero para defender el trabajo de su asesora
La defensa de la mujer de Pedro Sánchez presenta ante el juez Peinado un dictamen que asegura que en ausencia de ley, la figura del cónyuge del Presidente del Gobierno se rige por la costumbre

Fotografía de archivo fechada el 13 de noviembre de 2024, de Begoña Gómez, esposa del presidente del gobierno Pedro Sánchez, ante la comisión de investigación sobre su cátedra en la Asamblea de Madrid / JAVIER LIZÓN (EFE)

La defensa de Begoña Gómez ha presentado un dictamen para defender la actividad de Begoña Gómez y el trabajo de su asistente, Cristina Álvarez, frente a la tesis de la acusación popular de los ultracatólicos de Hazteoir y del juez, Juan Carlos Peinado, que atribuyen a ambas investigadas un delito de malversación. El informe pericial que firma el catedrático de la Universidad Complutense, Julio Víctor González García, señala que no hay una ley que regule la figura del cónyuge del Presidente del Gobierno y que en ausencia de ley hay que acudir a la costumbre como fuente del Derecho. El espejo de Begoña Gómez está en sus predecesoras en el Palacio de la Moncloa. Las mujeres de los antiguos jefes del Ejecutivo. Todas ellas tuvieron asistentes que colaboraron en sus actividades públicas y privadas porque la pareja del Presidente del Gobierno asume obligaciones institucionales que no están retribuidas y que le impiden el desarrollo de su actividad laboral. "Se espera de ella que concilie o que renuncie a su actividad laboral", escribe
El documento cita ejemplos. Mariano Rajoy contrató asistentes para cuidar a su padre enfermo, José María Aznar contó con esta figura para organizar la boda de su hija, Ana Aznar, con Alejandro Agag y en el caso de José Luis Rodríguez Zapatero, un diplomático acompañó en calidad de intérprete a su mujer durante su estancia en Francia en el año 2007 donde ofreció una serie de conciertos. "El apoyo y la asistencia completa a los miembros de la familia del presidente del Gobierno, incluyendo sus actividades privadas, ha sido una constante", según el documento.
Dice el informe que "el régimen jurídico del cónyuge de la persona titular de la Presidencia del Gobierno no está regulado en una norma escrita. A pesar de ello, realiza funciones institucionales en apoyo a la Presidencia del Gobierno. No es un puesto de trabajo, no está retribuido, pero tiene ciertas obligaciones ineludibles de residencia y seguridad. Asimismo, se espera que realice una actividad de representación en el contexto nacional e internacional" con lo que "resulta obligatorio que empleados públicos participen en actividades privadas fuera del recinto del Complejo de la Moncloa, como son los servicios de seguridad o de logística".

Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...




