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Ley de Adicciones

la ley que prohíbe fumar y beber en campos de fútbol y frontones entra en vigor

La ley entra en vigor este jueves, una semana después tras su aprobación en el Parlamento Vasco

CADENA SER

Vitoria

 El principal objetivo de la ley que este jueves entra en vigor tras ser publicada ayer en el Boletín Oficial del País Vasco bajo el nombre Ley de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias, es según el consejero de Salud, Jon Darpón, proteger la salud, especialmente de los menores.

La nueva norma aprobada el pasado jueves en el Parlamento Vasco por PNV, EH Bildu, PSE y PP  prohíbe fumar en todos los espacios cerrados y semicerrados de uso público, con independencia de su titularidad pública o privada, como los estadios de fútbol, los frontones o las plazas de toros. El texto define como espacios semicerrados todos aquellos que tengan cubiertos entre techumbre y paredes más del 50 % de su superficie y no se encuentren permanentemente ventilados.

La norma libra de esta restricción a las sociedades gastronómicas y deja en manos de sus socios la decisión de qué hacer.

Asimismo, la ley equipara el cigarrillo electrónico al tabaco por lo que en Euskadi tampoco se podrá 'vapear' en los citados espacios. Esto supone un paso más respecto a la regulación estatal, que en 2014 prohibió el uso de estos dispositivos en hospitales, centros educativos y edificios de la Administración, pero no en bares, restaurantes y otros espacios públicos cerrados.

En relación al consumo de alcohol, la norma prohíbe la venta de alcohol en instalaciones donde ser celebren competiciones deportivas y en hospitales, mientras que en estaciones de servicio de autovías y autopistas, centros educativos dirigidos a mayores de 18 años y dependencias de la administración permitirá exclusivamente la venta de bebidas de menos de 20 grados.

Del texto se ha caído finalmente la prohibición de consumir en la vía pública por lo que la regulación del 'botellón' seguirá en manos de los ayuntamientos.

En este sentido, se dificulta la venta de alcohol en horario nocturno que entre 10 de la noche y 7 de la mañana tendrán prohibido los comercios quedando limitado a los establecimienso de consumo directo como bares o discotecas.

El texto también contempla los clubes de cannabis de una forma muy genérica hasta el punto de que deja su regualción para un desarrollo reglamentario posterior, y se legisla sobre la publicidad de bebidas y tabaco, con especial énfasis en el colectivo de menores.

La ley prevé multas de hasta 600.000 euros por infracciones muy graves que además pueden acarrear la suspensión tenmporal o el cierre de la actividad o la prohibición de acceder a ayudas públicas.

 
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