El Constitucional da la razón a Murcia en el tema del autoconsumo de fotovoltaicas
El constitucional no entra en el fondo del asunto - puede tardar dos o tres años en decidir si la ley regional es constitucional o no- pero ahora levanta la suspensión. Esto significa que la ley regional de energías renovables está plenamente vigente.
Si hubiera un pronunciamiento en contra posterior, el ejecutivo tendría que indemnizar a aquellos murcianos que , bajo el amparo de esta norma hayan hecho inversiones en energías renovables- sobre todo fotovoltaica- para autoabastecerse de este tipo de energía.
Dice el Constitucional que el Estado alegó que el levantamiento de la suspensión de la ley regional provocaría graves perjuicios económicos para el interés general por el impacto que produciría la aplicación de esta norma en los ingresos del sistema eléctrico. Daría lugar a la existencia de una situación de disparidad: por un lado estarían los titulares de instalaciones que, de acuerdo con la normativa estatal, quedan obligados a contribuir a los costes y servicios del sistema eléctrico por la energía autoconsumida; por otro, estarían los titulares de instalaciones de autoconsumo sitas en la Región de Murcia que, por aplicación de la normativa autonómica impugnada, estarían exentos de esas obligaciones
Para el alto tribunal esto no es razón suficiente para acordar el mantenimiento de la suspensión de la vigencia y aplicación de esta ley de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia porque no se ha cuantificado por la Abogacía del Estado siquiera de foma estimativa (tampoco lo hace el Ministerio de Industria, Energía y Turismo) el impacto económico para el sistema eléctrico que esa dualidad de regímenes en cuanto a las instalaciones de autoconsumo pudiera provocar.
El responsable de Anpier, la asociación de productores de energía fotovoltaica, dice que es "una muy buena noticia para Murcia".