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El Tribunal Supremo absuelve a UGT-A por el despido de 159 trabajadores

Desestima el recurso contra la sentencia del TSJA y considera que hubo razones económicas

CARMEN CASTILLA

Sevilla

La sentencia ya es firme. El Tribunal Supremo absuelve a UGT Andalucía y ha desestimado el recurso de casación de los trabajadores contra la sentencia dictada en julio de 2015 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

"Ha de rechazarse asimismo la denuncia de inexistencia de elementos y criterios objetivos a la hora de designar a los trabajadores afectados por el ERE", señala la sala, que da por probadas las causas económicas en el despido colectivo de 159 trabajadores a finales de 2012.

Una decisión para la que tiene en cuenta, entre otras cosas, el déficit de este sindicato en Andalucía cercano a los cuatro millones de euros en el ejercicio 2012 y la suspensión de ayudas por parte de las administraciones públicas. Además añade que la prueba testifical evidencia que "los resultados económicos negativos han experimentado una evolución ascendente" en el ejercicio 2013, cuando se duplicaron las pérdidas, y en 2015.

El Supremo considera además, al igual que el tribunal andaluz, que "no puede apreciarse mala fe" en la postura negocial de la empresa y avala la tesis de la sentencia de instancia que limita lo sucedido a un "desencuentro de posturas".

Por último, también rechaza la denuncia de vulneración de derecho a la libertad sindical, expuesto por el recurrente "de forma un tanto confusa", y "sin un mínimo de rigor" en su exposición, como evidencia el Ministerio Fiscal en su informe.

 
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