Sociedad
Abandono menores

Dos años de cárcel para la madre ovetense que se niega a revelar el paradero de su hijo de 8 años

La mujer ya cumple condena por abandonar en 2014 a sus otras tres hijas, de muy corta edad. Estaban solas, casi desnudas, sucias y sin comida en una vivienda de Pumarín

La mujer condenada en dos ocasiones por un delito de abandono de menores, tres de sus hijas pequeñas, y su hijo de 8 años del que se niega a desvelar su paradero. / Alejandra Martínez

Oviedo

Condenada a dos años de prisión por un delito de abandono de menores, la ovetense que se negó a dar el paradero de su hijo, un niño que ahora tendría 8 años y del que no se tiene constancia desde su nacimiento en Oviedo en diciembre de 2009. La acusada que en la actualidad cumple condena por el abandono de otras tres hijas de muy corta edad (la más pequeña solo tenía unos meses), que fueron encontradas por la policía solas en casa en una situación deplorable, solo ha referido, tanto en el periodo de instrucción de este nuevo caso como en el juicio celebrado hace unos días, que el niño está en Portugal con su padre biológico. La jueza en su sentencia estima totalmente probado el delito de abandono de menores al ser la acusada, madre del niño, la única que ostenta la patria potestad del menor al no tener filiación paterna. 

La titular del juzgado de lo penal número 3 de Oviedo, recoge en su sentencia que consta como "un hecho cierto e incuestionable que tras el nacimiento del menor, en diciembre de 2009, no existe la más mínima prueba de la madre haya prestado atención o cuidado derivado de la guarda legal que ostenta sobre el mismo, hasta el punto de que materialmente ha desaparecido rastro alguno del menor y de su situación". De hecho la jueza incide en que hasta 2014, cuando el niño ya tenía cinco años, momento en el que su madre le da de baja en su centro de salud de referencia alegando que está fuera de España, no hay constancia de ninguna visita a su pediatra ni siquiera para atender las revisiones y el calendario vacunal.

Acepta, por tanto, la petición de dos años de prisión y nueve de privación de patria potestad, solicitada tanto por el ministerio fiscal como por la acusación particular ejercida por el Principado.

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La sentencia condenatoria recoge también otros argumentos para rechazar la defensa de la acusada que se basaba en la presunción de inocencia y en que la madre quería preservar la identidad del progenitor, insistiendo en que ella, como única persona que ostenta la patria potestad de su hijo, lo debería tener en su compañía y probar que está debidamente atendido, algo que no ha hecho. Destaca la jueza también que según las gestiones realizadas tanto por la Brigada de la Policía Judicial (SAF) como por el Centro de Cooperación Policial Aduanero no se ha podido averiguar el paradero del menor, no consta que se la haya expedido DNI o pasaporte y no es residente legal de Portugal.

PESA SU HISTORIAL COMO MADRE

Por último la magistrada aclara que los antecedentes de esta madre que en la actualidad se encuentra en prisión cumpliendo condena por el abandono de sus tres hijas de corta, pesan, porque son sus antecedentes como madre y han de valorarse.

No se juzga a la acusada por el abandono de sus otras tres hijas menores pero  tal hecho es de valorar , no jugando a su favor, al no revelarse como una madre diligente en la atención a la que, legal y moralmente, está obligada respecto a sus hijos

La jueza la condena por tanto a cumplir otros dos años de prisión, sentencia contra la que cabe recurso en el plazo de diez días

 
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