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La Justicia complica el futuro político del portavoz del PP

El juez rechaza el recurso de Carlos Cortina contra auto de apertura de juicio oral

El ex alcalde de El Astillero y actual portavoz municipal del PP, Carlos Cortina. / PP Cantabria

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El Juzgado de Instrucción número 3 de Santander ha desestimado el recurso de reforma que el ex alcalde de Astillero Carlos Cortina (PP) presentó contra el auto de apertura de juicio oral de este mismo órgano, que en septiembre pedía a la Fiscalía y el resto de partes sus escritos de acusación y de defensa.

El secretario del Consistorio había denunciado a Cortina por unas presuntas irregularidades en la contratación y pagos a una hermana de la funcionaria que se encargaba del área municipal de Personal, una denuncia a la que luego se unieron IU y PSOE.

Tras resolver varios recursos presentados por el ex alcalde y la hermana de la trabajadora municipal, este juzgado determinó el pasado 13 de septiembre que los hechos imputados a ambos podían constituir presuntos delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias y apropiación indebida, y pidió a las partes y a la Fiscalía que formularan sus escritos de acusación y defensa para la apertura de juicio oral.

Tanto Cortina como la hermana de la funcionaria presentaron un recurso de reforma contra este auto pero, según se recoge ahora en otro al que ha tenido acceso Efe y de fecha 4 de abril, los motivos expuestos por los dos investigados no desvirtúan los razonamientos de la decisión impugnada.

El juez considera que los recurrentes se limitan a efectuar una valoración de los hechos y su consideración jurídica "parcial, subjetiva y favorable a sus intereses", obviando que de la documentación obrante en diversos autos se desprenden indicios presuntamente delictivos.

En concreto, alude a que Cortina, vulnerando la Ley de Contratos Administrativos vigente y con la única finalidad de "provocar un incremento patrimonial injustificado" en la hermana de la trabajadora municipal, la contrató para realizar unos servicios que no eran necesarios.

A lo que añade que se había encargado su ejecución a una empresa especializada y que, además, esta persona carecía de capacitación para desarrollarlos y no los llevó efectivamente a cabo, sino otras labores "distintas y dispersas".

Pese a ello, continúa, en el periodo entre enero de 2007 y abril de 2010, esta persona percibió la cantidad total de 98.749,96 euros del Ayuntamiento de Astillero, con el "consiguiente menoscabo económico para las arcas municipales".

Contra este auto cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

 
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