El Tribunal Supremo condena a 8 años de inhabilitación al exalcalde de Bakio
Estima parcialmente el recurso de Txomin Rentería y le condena por prevaricación
Bilbao
El Tribunal Supremo ha condenado a 8 años de inhabilitación de empleo o cargo público al exalcalde de Bakio, Txomin Rentería, como autor de un delito de prevaricación administrativa, con la atenuante de dilaciones indebidas.
El Supremo estima parcialmente el recurso de Rentería y cambia su condena: le absuelve de falsedad y fraude, y le condena por prevaricación, inhabilitándolo ocho años para ejercer como cargo público. En este sentido, el Tribunal ha estimado, de forma parcial, el recurso de casación interpuesto por el que fuera alcalde de Bakio entre 2005 y 2011, y ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia, que le impuso 2 años y medio de prisión y el pago de una multa de 1800 euros.
En relación a esto, la Sala explica que no concurren los elementos del delito de falsedad por el que fue condenado. Pero sí la prevaricación, pues Rentería fue condenado por alterar un contrato público para construir un centro de talasoterapia y su posterior explotación a una empresa según los jueces, dando "rienda suelta a la arbitrariedad, al amiguismo y al clientelismo político". Es más, señala que, pese a la advertencia de ilegalidad que le hizo el secretario, "impuso su voluntad de que ese contrato se redactara alterando el pliego de condiciones, formando el contrato parte indisoluble de la resolución de adjudicación como 'modus operandi' de desarrollo de la misma".
Además de la inhabilitación, tampoco tendrá que indemnizar al Ayuntamiento con los 140.000 euros que había establecido en un primer momento la Audiencia Provincial de Bizkaia en concepto de Responsabilidad Civil.