Competencia lleva a los tribunales a Bilbao y San Sebastián por limitar las viviendas turísticas
El TSJPV será quien decida sobre la legalidad de las normativas de pisos turísticos en las dos capitales
Bilbao
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha acordado impugnar las normativas urbanísticas municipales de Bilbao y San Sebastián, "al considerar que las normas de estos Ayuntamientos son contrarias a la competencia y a los principios de regulación económica eficiente, y perjudican a los consumidores y usuarios". Según han informado fuentes de la Comisión a la Cadena SER, los recursos no conllevan la paralización cautelar de las normas, salvo que así lo decida el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que es quien deberá resolver el recurso.
La decisión era esperada por ambos consistorios vascos, ya que, antes de la impugnación, la CNMC envió sendos requerimientos previos para que justificaran la necesidad y la proporcionalidad de las "restricciones impuestas a la hora de alquilar apartamentos y viviendas turísticas", o para que las anularan.
En el caso de Bilbao, las citadas "restricciones" que menciona la CNMC son que solo pueden ser viviendas de uso turístico las plantas bajas o primeras de los inmuebles de uso residencial. Además, se exige autorización y registro para las viviendas de uso turístico. Y se limita la oferta máxima a tres habitaciones por vivienda.
En San Sebastián, la ordenanza también limita las viviendas de uso turístico a las plantas bajas o primeras de los inmuebles. Además, la CNMC denuncia que la normativa prohíbe nuevas viviendas turísticas en algunas zonas del centro de la ciudad.
Para la Comisión, estas medidas tienen efectos restrictivos sobre la competencia, al impedir la entrada de nuevos operadores y consolidar a los alojamientos turísticos ya instalados. "Ello provocará precios más elevados en el alojamiento turístico y reducirá la calidad, la inversión y la innovación", considera, sin que, además, los Ayuntamientos hayan especificado los objetivos de interés general que se persiguen ni que justifiquen las medidas adoptadas.