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Condenado un maltratador en Getafe por incumplir la orden de alejamiento

La Audiencia Provincial confirma la pena de 10 meses de prisión

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado así una sentencia condenatoria del Juzgado de Getafe. / EUROPA PRESS - Archivo EUROPA PRESS

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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado una condena de 10 meses de prisión a un maltratador por saltarse la orden de alejamiento de su pareja en Getafe, a pesar del consentimiento de ésta en mantener contacto con él.

El hombre había sido condenado como autor de un delito de lesiones en el ámbito de violencia de género y, como consecuencia de esa sentencia, no podía aproximarse a su pareja a una distancia inferior a 500 metros a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, durante el tiempo de 1 año, 10 meses y 16 días.

Sin embargo mantuvo conversaciones telefónicas con la mujer, que ésta consentía, y en la mañana del 31 de diciembre de 2016 acudió a su domicilio en Getafe, llamando al telefonillo del portal.

Este punto, el consentimiento de la maltratada, sustenta el recurso (presentado tras la sentencia condenatoria del Juzgado de Getafe en febrero de 2017) del apelante pero la Audiencia Provincial explica que "el consentimiento de la persona a cuyo favor se adoptó la medida cautelar no excluye la punibilidad de la conducta, a los efectos previstos en el artículo 468 del Código penal" y que la medida cautelar impuesta por la autoridad judicial es de obligado cumplimiento y acatamiento "sin que pueda quedar al libre albedrío de los particulares afectados".

 
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