Javier Márquez firmó documentos similares a los de Matinsreg
El actual regidor del Ayuntamiento de Jaén siguió en 2012 como alcalde accidental las formas de actuación de Rosa Cárdenas, investigada por rubricar acuerdos idénticos en la forma
Jaén
El actual regidor del Ayuntamiento de Jaén, Javier Márquez, firmó en agosto de 2012 como alcalde accidental en sustitución de José Enrique Fernández de Moya, al menos tres documentos considerados como encargos de servicios en un procedimiento similar en las formas y en la época al que mantiene investigada actualmente a la también concejala del Partido Popular Rosa Cárdenas en el caso Matinsreg. Documentos que se firmaron ante la marcha de la empresa Imesapi y según la Guardia Civil, "no acreditándose la existencia de documentación que respalde la contratación de los servicios indicados conforme a lo que establecía la Ley de Contratos del Sector Público vigente en ese momento".
Según ha podido saber esta emisora, son tres escritos fechados el 23 de agosto de 2012 y en cada uno de ellos le encarga una serie de trabajos a sendas empresas. Por un lado, los trabajos de reparación de alumbrado público, semáforos y fuentes ornamentales, pilares y fuentes de beber, a la empresa Elecnor; por otro, los trabajos de reparación de fuentes ornamentales, pilares y fuentes de beber a la empresa Jofersan Aguas; y por último, el mantenimiento de las instalaciones de los Mercados de San Francisco y Peñamefécit y Mercado de Mayoristas a la empresa Matinsreg. Los tres documentos tienen fecha de inicio de los trabajos el mismo día de la firma y final hasta la aprobación definitiva del Pliego de Condiciones de su Adjudicación.
Así, una vez estudiadas las facturas de las empresas Elecnor y Jofersan, respecto a las de esta segunda de las compañías a la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil le ha llamado la atención que las tres personas que intervienen en la facturación reseñada (el ex concejal Manuel del Moral y dos técnicos municipales) también intervienen en la facturación emitida por la empresa Matinsreg y eran así "conocedores precisamente por su intervención de que no existía la falta de una empresa que se encargara del mantenimiento de las fuentes ornamentales, pilares y fuentes de beber, justamente porque lo venía desempeñando la empresa Matinsreg desde el día 8 de agosto de 2012.
Contrato prohibido
En cuanto a las facturas de la empresa Jofersan, firma con sede en La Guardia como ya avanzó en su día esta emisora, la Guardia Civil ha observado que a pesar de que los responsables municipales afirmaron en sus informes para la contratación de esta compañía que se trataba de un contrato menor de servicios y que no requería más tramitación, el total facturado es de 64.489, 47 euros, una cifra muy por encima de los 18.000 euros que tipifica el punto 3º del Artículo 138 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Por todo, y aunque los responsables de la empresa argumenten que cada una de las facturas emitidas es inferior al importe de 18.000 euros, los agentes que están investigando el caso observan que esta circunstancia está prohibida de forma expresa por el punto 2º del Artículo 86 del mismo texto: "No podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan".
Además, la Guardia Civil añade en uno de sus informes que se ignora el motivo pero es significativo que el Ayuntamiento no haya aportado a la investigación el documento mediante el cual Don Francisco Javier Márquez, Alcalde Accidental del Ayuntamiento de Jaén, se dirige a las empresas Jofersan para que realice los trabajos de reparación de fuentes ornamentales, pilares y fuentes de beber, añadiendo que el Ayuntamiento tampoco aporta otros escritos en los que comunicaba a Jofersan el cese de su actividad y la posterior realización y cese de más trabajos. Esta falta de documentación, además de los reparos realizados por el Interventor basados en la carencia de una contratación ajustada a lo dispuesto en el Real Decreto Ley de Contratos del Sector Público hace entender a la Instrucción que la contratación se realizó contraviniendo lo dispuesto en el mismo Real Decreto Ley.