Política
ORDENANZA MOVILIDAD

Cambia la forma de moverse por Madrid

La nueva Ordenanza de Movilidad modifica la forma en la que los madrileños se mueven por la ciudad

Cambia la forma de moverse por Madrid

A partir de hoy a 30 kilómetros por hora en la mayoría de calles de Madrid.

Madrid

La forma de moverse por Madrid cambia después de que el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid haya publicado la nueva Ordenanza de Movilidad que ha aprobado este viernes el pleno municipal. Ahora Madrid y PSOE votaron a favor de esta norma que quiere dar preferencia al peatón y al transporte sostenible. Los dos grupos lo describen como un hito de la legislatura que supone un antes y un después en la movilidad de la ciudad. Para la delegada de Medio Ambiente, Inés Sabanés, la ordenanza es "un compromiso con la salud y el medioambiente que se sustancia con elemento muy importantes como el calmado de tráfico y los límites de la velocidad"

Límite de 30 km/h

La ordenanza dice que no se podrá circular a más de 30 km/h en un 85% de las calles de la capital: en las que tengan un carril por sentido y en las de un único carril. Hasta ahora la norma general era circular a 50 km/h, pero a partir de ahora la limitación será de 30 km/h. Es una de las principales novedades de la Ordenanza. Se salvan las calles más grandes como el Paseo de la Castellana o Alberto Aguilera. Además, la limitación podrá extenderse, en casos excepcionales, a vías con varios carriles por sentido.

Por otro lado, la limitación en las calles residenciales, las de plataforma única de acera y calzada, como las del barrio de Chueca o Lavapiés, será de 20 kilómetros por hora.

Las bicis podrán girar a la derecha con semáforo en rojo

Como la ordenanza, además de a peatones, también busca favorecer a los ciclistas, se atiende a una de sus principales demandas. Podrán girar a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizado. Aunque tendrán que respetar la prioridad del resto de usuarios.

Además, las bicis podrán circular en ambos sentidos en calles residenciales con velocidad máxima limitada a 20 km/h, a no ser que haya una señalización que lo prohíba.

Eso sí, no podrán circular por aceras. Solo podrán hacerlo los niños de 12 años siempre que vayan acompañados por una persona adulta a pie y sin pasar de los 5 km/h. También podrán circular por aceras los patines (sin motor), pero respetando la velocidad del peatón (5 km/h).

Aparcar en aceras

La Ordenanza limita también los aparcamientos en aceras para las motos, priorizando el espacio para el peatón. Las motos solo podrán aparcar en las aceras cuando no haya zonas de aparcamientos para ellas en la calzada. Pero hay condiciones. Tendrán que dejar 3 metros de espacio libre para el peatón, así que las aceras en las que pueden aparcar no son muy numerosas.

No podrán aparcar en zonas que se clasifiquen como de especial prioridad para el peatón, ni tampoco las zonas adaptadas para invidentes.

Los patinetes eléctricos

Los patinetes eléctricos, hasta ahora en un limbo legal en la ciudad, podrán circular, según la nueva normativa, por "carriles bici, pistas bici y por la calzada de calles integradas dentro de las zonas 30". Podrán también hacerlo y esto es una de las principales novedades que introduce el PSOE a la ordenanza del Gobierno "por las calles en que todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea de 30 km/h". También por las calles residenciales, las que tienen un límite de 20 km/h. Es decir, los patinetes podrán circular prácticamente por el 80% de la ciudad.

Madrid Central

Aunque Madrid Central, la gran zona cero emisiones y de prioridad residencial del Centro, depende de un decreto, las normas de acceso y de funcionamiento también se regulan en esta Ordenanza.

Madrid Central es una gran área de acceso restringido, de 472 hectáreas en la que, como norma general, solo podrán acceder y circular libremente  los vehículos de personas empadronadas, que podrán estacionar en su barrio como hasta ahora, y los invitados de las mismas; y los vehículos con etiqueta ambiental CERO y ECO. Los que tengan etiquetas B o C solo podrán entrar para aparcar en un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público. También podrán acceder los vehículos de invitados de residentes, los PMR (Personas con Movilidad Reducida), los servicios esenciales, los titulares de plazas de garaje y profesionales con limitaciones.

En cuanto a las motocicletas y ciclomotores, podrán entrar sin limitaciones las de los residentes y las que tengan etiqueta CERO o ECO. Con clasificación B o C, podrán acceder entre las 7.00 y las 22.00 horas.

Sara Selva Ortiz

Sara Selva Ortiz

Redactora de la sección de Nacional. Antes trabajó en el equipo de Hoy por Hoy, en Economía, en Informativos...

 
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