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El TGUE confirma la suspensión temporal de devolución de ayudas del Hércules

En un auto ya notificado a las partes, el presidente del Tribunal General acuerda conceder la suspensión de la ejecución de la decisión de forma provisional, hasta que se dicte el auto que resuelva con carácter definitivo

Tribunal General UE / TGUE

Tribunal General UE

Alicante

El presidente del Tribunal General de la Unión Europea (UE) confirmó la suspensión temporal de la ejecución de la decisión por la que el Hércules debía devolver casi siete millones de euros en ayudas de Estado consideradas ilegales por Bruselas, hasta que se dicte el auto definitivo sobre el caso.

El Tribunal General había desestimado el pasado 22 de marzo la demanda del equipo alicantino para suspender cautelarmente el requerimiento de la Comisión Europea de devolver las ayudas públicas concedidas por España, en forma de un aval público del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) para un préstamo bancario durante las operaciones de aumento de capital del club.

La decisión de la CE llegó en julio de 2016 tras la investigación de los avales otorgados por el IVF por préstamos concedidos a varios clubes valencianos cuando atravesaban dificultades financieras, lo que les permitió beneficiarse de una ventaja económica frente a otros clubes, que tuvieron que hacerlo sin el respaldo del Estado.

Bruselas reclamaba que España recuperara 6,14 millones de euros euros y más de 792.000 euros en concepto de intereses, casi siete millones en total.

Tras varios recursos por parte del club a sendas decisiones de la corte europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acogió a finales de noviembre los motivos alegados por el Hércules para mantener la suspensión de la devolución, relativos a aportaciones de particulares para cubrir el déficit derivado de los gastos de plantilla y a supuestos cambios en el accionariado.

Así, la corte con sede en Luxemburgo devolvió el asunto al Tribunal General para que volviera a pronunciarse sobre las medidas provisionales.

En un auto ya notificado a las partes, el presidente del Tribunal General acuerda conceder la suspensión de la ejecución de la decisión de forma provisional, hasta que se dicte el auto que resuelva con carácter definitivo.

 
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