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Absuelven de fraude a un empresario de Jaén por no pagar 530.000 euros a la Seguridad Social

El acusado no abonó las cuotas de sus empleados durante dos años

El Ministerio Fiscal pedía cuatro años y medio de prisión pero el tribunal asegura que se trata de una infracción administrativa

El empresario absuelto de fraude durante una de las sesiones del juicio. / EUROPA PRESS/ARCHIVO

Jaén

La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha absuelto de fraude a un empresario del sector hostelero de la capital tras dejar de pagar casi 532.000 euros a la Seguridad Social en concepto de las cuotas correspondientes a los 30 trabajadores que tiene contratados entre 2014 y 2016. El Ministerio Fiscal le pedía cuatro años y medio de cárcel pero el tribunal asegura en su fallo que no hay responsabilidad penal y lo limita a una "infracción administrativa".

La sentencia reconoce que el acusado no abonó las cuotas pero asegura que para haber fraude se "requiere algo más que el hecho de no pagar" como acciones que permitan ocultar ese impago. En este caso, insiste en que no ha habido "ningún artificio o maniobra de ocultación" por lo que desecha la acusación inicial del Ministerio Público.

El empresario fue detenido en mayo de 2017 tras las sospechas de la Seguridad Social de que podría haber creado varias empresas para obstaculizar el pago de la deuda. El juicio se celebró el pasado mes de diciembre y durante el mismo, el acusado señaló que pagó las cuotas "mientras he podido pagarlas" y que dejó de hacerlo debido a los efectos de la crisis económica y remarca que "en ningún momento he dicho que yo no fuera a pagar". Además, explicó que la propia Tesorería General se cobró 175.000 euros embargando el dinero que le pagaba uno de sus clientes.  

Por su parte, los agentes ejecutivos de la Seguridad Social no se creían esta versión y declararon que ha llegado a acumular hasta cinco expedientes por impagos y que nunca cumplió con los "entre ocho o diez aplazamientos" que le fueron concedidos. Además, la Fiscalía señaló que, aunque no pagaba las cuotas, sí descontaba el dinero correspondiente a la afiliación de los trabajadores. De hecho, en la Seguridad Social no consta ninguna cotización a favor de los empleados durante ese periodo.

 
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