Tribunales
Tribunales

El Ayuntamiento de Linares solicita 8 años de prisión para el anterior alcalde

Los servicios jurídicos del consistorio, personado como acusación en la causa abierta contra Juan Fernández, le atribuyen un delito de malversación

Juan Fernández, ex alcalde de Linares, a la salida de los juzgados, en una fotografía de archivo. / Cadena SER

Linares

Nuevos movimientos en el proceso judicial abierto contra Juan Fernández. El Ayuntamiento de Linares, a través de sus servicios jurídicos, ha presentado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 escrito de acusación contra quien durante 20 años ha sido alcalde de la ciudad. El documento, al que ha tenido acceso Radio Linares, pide la apertura de jucio oral contra Fernández y lo acusa de un delito continuado de malversación, solicitando para él una pena de 8 años de prisión así como su inhabilitación absoluta por un periodo de 15 años. De igual modo, el escrito también pide que el exalcalde indemnice al consistorio con 132.127 euros y asuma las costas del procedimiento judicial.

El Ayuntamiento de Linares se personaba en la causa como acusación después de que la jueza que instruye el caso por la demanda del Psoe contra el exsecretario de los socialista en la ciudad, emitiera un auto que señalaba a Fernández como presunto autor de un delito de malversación de caudales públicos, determinando al consistorio como damnificado. En el relato de los hechos, los servicios jurídicos del consistorio, apuntan que "Juan Fernández Gutiérrez, prevaliéndose de su condición de alcalde del Exmo. Ayuntamiento de Linares, Portavoz del Grupo Socialista de Linares, y abusando de la confianza del resto de miembros del grupo municipal socialista, ha sustraído de forma continuada -desde julio de 2011 hasta noviembre de 2017- para su beneficio propio, apropiandose de ella, la cantidad de 132.127 euros de fondos públicos concedidos por el Excmo. Ayuntamiento de Linares al grupo municipal socialita, en concepto de asignación al grupo municipal..." Asimismo, recoge que "el acusado se ha apropiado de la citada cantidad sin estar debidamente autorizado para ello, y en cualquier caso estando prohibido según lo dispuesto en el art. 73.3 de la Ley de bases de régimen local (Ley 7/1985, de 2 de abril)". De esta forma, en el apartado de calificación jurídica se indica que "el acusado es autor de un delito continuado de malversación apropiativa en su modalidad activa al haber integrado de forma continuada fondos públicos en su patrimonio, revistiendo especial gravedad".

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00