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Los patrones de yate pueden comercializar excursiones turísticas desde este mes

La normativa, que entró en vigor el pasado día 1, regulariza una oferta que, según Ports de Balears y Apeam, ya se produce de hecho y cuyo impacto "es mínimo"

Cadena Ser

Palma

Los patrones de embarcaciones de recreo pueden comercializar ya rutas turísticas marítimas. El pasado 1 de julio entró en vigor una nueva normativa que permite a este tipo de titulados náuticos desempeñar determinados servicios remunerados, como el transporte de suministros, las actividades de atraque, fondeo o traslado de embarcaciones o las excursiones turísticas.

Podrán realizarlas las personas que estén en posesión del título de Patrón de Yate o Capitán de Yate. También podrán ofrecer servicios de transporte para la pesca de recreo. Para ello deberán superar un curso de Formación Básica de seguridad de la Dirección General de la Marina Mercante.

La prestación de servicios de excursiones marítimas estará limitada a rutas de un máximo de 5 millas del puerto o marina desde el que se comercialicen y el número de pasajeros no podrá ser superior a 6 personas.

La normativa responde a una demanda del colectivo de titulados, recogida por la Asociación Nacional de Empresas Náuticas. El director de Ports de Balears, Xavier Ramis, afirma que este decreto regulariza algunas actividades que hasta ahora no tenían una cobertura legal. Ramis no cree que la norma repercuta en un mayor volumen de excursiones turísticas; dice que es una oferta que ya se produce de hecho y que su impacto es mínimo.

El responsable del área de chárter de la Patronal de Empresarios de Actividades Marítimas (APEAM), José María Jiménez, reconoce, sin embargo, que el decreto puede activar la competencia en el ámbito de las excursiones náuticas, aunque no creen que favorezca un mayor intrusismo.

 
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