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Tras la tempestad, los trámites del Consorcio de Compensación de Seguros

En España existe un modelo único en virtud del cual las aseguradoras se encargan de los riesgos ordinarios, y el Consorcio de Compensación de Seguros de los riesgos extraordinarios cómo inundaciones, terremotos, embate de mar o terrorismo

Entrevista a Alejandro Izuzquiza, director Consorcio Compensación Seguros

Entrevista a Alejandro Izuzquiza, director Consorcio Compensación Seguros

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Valencia

En Hoy por Hoy Locos por Valencia hemos querido saber cómo actuar tras sufrir daños por fenómenos extraordinarios como los sucedidos hace una semana con motivo del paso de la tempestad Gloria por el litoral Mediterráneo.

Alejandro Izúzquiza, director del Consorcio de Compensación de Seguros en primer lugar ha dejado claro qué motivos nos tiene que llevar a reclamar a la aseguradora o al Consocio.

En España existe un modelo único a diferencia del resto de Europa en virtud del cual las aseguradoras se encargan de los riesgos llamados ordinarios o standars que son los que se recogen en las pólizas y el Consorcio, que es una institución pública que pertenece al Ministerio de asuntos económicos y transformación digital, se ocupa de los daños llamados extraordinarios cómo inundaciones, terremotos, embate de mar, terrorismo.

Casas arrasadas por la fuerza del temporal marítimo en Les Deveses

Casas arrasadas por la fuerza del temporal marítimo en Les Deveses / Miriam Pagán

Aunque Izúzquiza apuntaba que “en el caso de Gloria las cosas se complican un poco por que tiene tres componentes: inundaciones, embate de mar y el viento. Todo se gestiona a través del Consorcio pero no actuá de manera inmediata y directa”.

Las aseguradoras privadas se encargan de fijar un umbral de velocidad del viento, que está en 120 Km/h. A partir de esa velocidad se encarga el Consorcio pero según apuntaba Izúzquiza “hay que esperar a que AEMET elaboré un mapa de viento para determinar si el viento era en ese momento y en ese punto de más o menos 120 Km/h. En caso de ser menos de ese umbral se encarga la aseguradora y mirar los riesgos que tiene concertados los asegurados con las compañías privadas”.

Izúzquiza también ha querido dejar claro es que “el Consorcio nunca rechazará un siniestro de un bien expuesto a riesgos extraordinarios como pueden ser Restaurantes o viviendas en primera línea de playa ya que en la póliza del asegurado con una entidad privada conlleva la obligatoriedad de cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio”. Y es que en todas las pólizas de todos los asegurados hay un recargo obligatorio destinado al Consorcio aunque sean asegurados sin estar expuestos a poder sufrir daños por motivos extraordinarios.

Izúzquiza nos ha aportado una serie de datos que hablan por sí solos de cómo van aumentando los siniestros por motivos de fenómenos extraordinarios “el paso de Dana en Septiembre nos dejó 69.000 siniestros y cuando los estábamos gestionando nos llegarón 9.000 más con la Dana de Octubre. En estos momentos llegamos a 90.000 siniestros producidos por riesgos extraordinarios y que supone la cifra más alta en los 65 años de vida del Consorcio”.

 
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