Los ERTE suspenden los contratos temporales y no disminuyen tiempo a su duración
Murcia
Mari Ángeles Navarro, abogada laboralista del despacho Le Morne, ha atendido a los micrófonos de Hoy por Hoy Región de Murcia para resolver las dudas de los oyentes respecto a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo como la duración de los contratos o el tiempo de preaviso que tiene o no que cumplir la empresa.
Entrevista a Mari Ángeles Navarro, abogada Le Morne
10:08
Compartir
El código iframe se ha copiado en el portapapeles
<iframe src="https://cadenaser.com/embed/audio/460/1587041909_240845/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>
Navarro recuerda que el ERTE suspende los contratos, por lo que durante este proceso relacionado con la crisis sanitaria del coronavirus no afectaría al tiempo de duración de un contrato temporal, es decir, un trabajador al que le restaban tres meses de contrato cuando se solicitó el ERTE, mantendría esa duración de contrato una vez se vuelva a la actividad.
Además, apuntaba la abogada de Le Morne, las empresas se comprometen a mantener los empleos al menos seis meses una vez vuelvan a la normalidad. Sobre la posibilidad de extinción de los contratos o los despidos, recordaba que fue el 28 de marzo cuando el Gobierno de España modificó el decreto para eliminar la justificación de esa situación durante el COVID-19.
Por último, afirmó Mari Ángeles Navarro que la empresa no tiene que avisar con ninguna antelación la solicitud de un ERTE durante el estado de alarma porque hasta existe la posibilidad de solicitarlo con efecto retroactivo.