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Pozuelo del Rey

Esperpento político en Pozuelo del Rey

Fracasa una moción de censura contra la alcaldesa avalada por el Partido Popular en la Comunidad de Madrid. El PP se apoyaba en una concejala del partido de la alcaldesa (UCIN) recién llegada a la corporación. Pero la Ley de Régimen Electoral exige ampliar la mayoría al firmar una de las ediles del mismo partido de gobierno.

El PP considera "muy grave" lo ocurrido y acude a los tribunales por presunta prevaricación adminsitrativa.

Ayuntamiento de Pozuelo del Rey / Ayuntamiento de Pozuelo del Rey

Alcalá de Henares

Sainete político en la pequeña localidad de Pozuelo del Rey (1.147 habitantes) donde el Partido Popular no ha podido sacar adelante una moción de censura publicitada con antelación, con el aval de la dirección del PP en la Comunidad de Madrid cuyo Secretario de Política Territorial, José Antonio Sánchez, había anunciado su presencia en la sesión. Todo estaba preparado para celebrar la investidura de al edil popular Rut Alcocer, pero un error de cálculo legal ha permitido al gobierno de Pozuelo del Rey aguantar en sus cargos con solo dos ediles de los nueve que componen la corporación local.

La alegría, por tanto, no ha sido hoy para quienes tenían previsto hacerse con el gobierno municipal sino para el ejecutivo, que guardaba celosamente una carta para ser jugada en el momento oportuno. Constituida la mesa de edad el presidente, único concejal de gobierno sin contar a la alcaldesa, anunciaba que por incumplimiento de la Ley de Régimen Electoral General, no se daban las condiciones para defender la moción de censura contra la regidora, María Alarcón, del partido UCIN. Según explica el ayuntamiento en un comunicado, la decisión del presidente de la mesa de edad, Ángel Gómez, se basa en lo establecido en el artículo 197.1, apartado A) de la Ley Orgánica 5/1985, del 19 de junio en el que se recoge que “en el caso de que alguno de los proponentes de la moción de censura formara o haya formado parte del grupo político municipal al que pertenece el Alcalde cuya censura se propone, la mayoría exigida en el párrafo anterior se verá incrementada en el mismo número de concejales que se encuentren en tales circunstancias”.

Y es que la moción de censura no estaba firmada solo por los concejales del Partido Popular que pensaron que solo les hacía falta un voto más para alcanzar la mayoría suficiente del pleno. Tras las elecciones de 2019, el PP obtuvo 4 concejales por los 5 de UCIN. Pero el partido de la alcaldesa se ha ido deshaciendo durante el primer año de legislatura. Primero, con el paso a no adscritos de dos ediles. Después, con la renuncia a su acta del quinto concejal. El pasado mes de junio, una nueva concejala, Amanda Sabater, tomaba posesión del acta vacante y, con ella, el Partido Popular firmaba la moción de censura que pretendía consumar hoy.

En declaraciones a SER Henares, la alcaldesa María Alarcón describe que los populares "venían muy dispuestos y muy convencidos a hacerse con al alcaldía, pero no esperaban que nosotros también sabemos mirar y aplicar la ley. No se lo esperaban. Ellos estaban totalmente convencidos de que hoy la alcaldesa iba a pasar a la oposición. Ahora tendrán que esperar a que sean los tribunales los que decidan".

Dice la alcaldesa que aunque es difícil, sí es posible gobernar, y que lo seguirán haciendo solo dos concejales por respeto a los vecinos. Ser dos "no es un inconveniente para seguir gobernando y manteniendo la alcaldía", según Alarcón. "Nosotros tenemos un compromiso con los vecinos, tanto con los que nos votaron como con los que no. Queremos cumplir nuestros compromisos, trabajar por y para Pozuelo del Rey. Ser dos concejales no es un impedimento aunque, desde luego, ha sido un año muy difícil y de mucho trabajo".

El cambio de gobierno en Pozuelo del Rey, tendrá que esperar, si bien el Partido Popular ha denunciado el caso por presunta prevaricación administrativa por unos hechos que considera "surrealistas y muy graves". (Lee la noticia completa aquí)

Texto íntegro del presidente de la mesa de edad, Ángel Gómez:

Conforme a lo establecido en el art. 197. 1. Apartado e) una vez realizada la lectura de la moción de censura procedo a constatar que no se dan los dos requisitos vigentes en el art. 197.1, apartado a) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, para poder seguir con la tramitación de la moción de censura.

En concreto no se cumple el requisito establecido en el párrafo segundo del art. 197.1 apartado a) que establece que:

“en el caso de que alguno de los proponentes de la moción de censura formara o haya formado parte del grupo político municipal al que pertenece el alcalde cuya censura se propone, la mayoría exigida en el párrafo anterior se verá incrementada en el mismo número de concejales que se encuentren en tales circunstancias.”

La propuesta de moción de censura presentada carece por lo tanto de la mayoría exigida al estar firmada por los miembros del grupo popular y por la concejal doña Amanda Sabater Sánchez que forma parte del grupo municipal UCIN, tal y como consta en el acta del pleno de fecha 24 de junio de 2.020 en el que tomó posesión de cargo.

Si bien es cierto que solicitó con fecha 1 de julio de 2.020 por escrito presentado por registro del Ayuntamiento ser considerada como concejal no adscrito, de lo que no ha tomado conocimiento el pleno, la mayoría incrementada se exige tanto si forman parte o han formado parte del grupo político municipal al que pertenece el alcalde.

No contando la propuesta de moción de censura presentada con la mayoría incrementada establecida en la legislación vigente y ostentando como presidente de la mesa de edad la representación de la misma

Acuerdo no seguir adelante con la tramitación de la moción de censura formulada por no cumplir los requisitos del art. 197 de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio de Régimen Electoral General.

Procedo a levantar la sesión.

Javier Galicia

Javier Galicia

Licenciado en Periodismo. En la antena de SER Henares desde el año 2001, en la actualidad es delegado...

 
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