Condenado a indemnizar con 3.000 euros a su exmujer por ocultar haber tenido relaciones homosexuales
La sentencia también anula el matrimonio civil de la pareja
Valencia
El abogado valenciano Javier Vilalta ha sido condenado a indemnizar con 3.000 euros a su ex mujer, a la que según la juez, ocultó haber mantenido relaciones homosexuales, antes del matrimonio, por lo que lo anula.
La intención de la defensa de Vilalta es recurrir la sentencia, para lo que hay un plazo de 20 días. La juez indica que no hubo mala fe pero si una " ocultación" previa al matrimonio que no debía haberse producido. La acusación pedida una indemnización de 10.000 euros que se ha rebajado a tres mil.
Vilalta y su exmujer se casaron hace trece años pero están divorciados desde hace diez. Un divorcio que se firmó de común acuerdo. Sin embargo, al conocer, a través de unos amigos, su condición de bisexual y el hecho que había mantenido relaciones también con hombres, decidió presentar una demanda.
Una demanda que, según explicó Vilalta a principios de mes de octubre, se argumenta en sentencias de Audiencias provinciales que equiparan la homosexualidad a patologías como el sida (no habla siquiera de VIH) y problemas de salud mental como causa objetiva de nulidad civil matrimonial que reclama la demandante.
Javier Vilalta, en declaraciones a la SER tras su declaración en el juicio a principios de octubre, se sintió ofendido por la forma en la que la justicia había tratando su condición sexual. Considera que la legislación española está obsoleta y no es acorde con principios constitucionales, derechos fundamentales, o la libertad sexual, de autonomía sexual y de equidad sexual establecida por la carta de los Derechos Humanos.
"Sentencia reaccionaria"
En un comunicado, la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales (FELGTB) ha tachado la sentencia de "reaccionaria" y ve preocupante el "precedente tan peligroso" que sienta contra los derechos fundamentales al judicializar las orientaciones sexuales no heterosexuales.
Para la presidenta de FELGTB, Uge Sangil, "se ha juzgado públicamente la orientación sexual de una persona, lo que ya en sí mismo constituye un acto inconstitucional".
Pero, además -añade- "la sentencia lanza el mensaje a la sociedad de que cualquiera que tenga una vida sexual fuera de la normatividad puede ser juzgado y condenado".
Por otra parte, la FELGTB pone de manifiesto el desconocimiento en relación a las realidades LGTBI de los jueces que han llevado el caso, ya que asegura que el acusado se ha declarado abiertamente bisexual, mientras la sentencia habla de homosexualidad.
"Se trata de una sentencia completamente bifóbica que niega directamente la existencia de la bisexualidad al ni siquiera considerarla una opción", denuncia Sangil.
En este sentido, la presidenta recuerda la importancia de la aprobación urgente de la Ley Integral Trans y de Igualdad Social y No Discriminación de las personas LGTBI para garantizar la formación de la judicatura en materia LGTBI y que se eviten sentencias motivadas por el desconocimiento.
Sangil alerta de que esta resolución abre la posibilidad de "volver a motivar los divorcios fiscalizando el comportamiento sexual previo y posterior de las personas implicadas" y advierte de que "estamos ante una sentencia más religiosa que civil que considera la orientación sexual no normativa como fuente de sanción legal".
"Esto sienta un precedente que no solo atenta contra los derechos de las personas LGTBI, sino también de las heterosexuales, ya que posibilita la entrada del sistema judicial a ámbitos privados de una forma intolerable", asegura.