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La Audiencia Nacional rechaza el recurso del fiscal contra la exculpación de Sánchez en Púnica

Pedro Antonio Sánchez / EFE. Marcial Guillén

Murcia

La Audiencia Nacional (AN) ha rechazado el incidente de nulidad de actuaciones presentado por la fiscalía contra el auto de este tribunal que confirmó el pasado julio el sobreseimiento del caso Púnica con respecto al expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez, acordado en febrero.

En un auto que acaba de ser notificado a las partes y al que ha tenido acceso Efe, la Sala de lo Penal de la AN rechaza del incidente planteado por el ministerio público, que pidió que se declarara la nulidad de su resolución por suponer la vulneración de derechos fundamentales.

El fiscal expuso que el auto que ahora se confirma suponía la imposibilidad de que pudiera formular acusación contra todas las personas que habían sido investigadas en la causa respecto de las que existían indicios de criminalidad.

Con cita de resoluciones del Tribunal Constitucional, dice la AN al rechazar esa alegación que "los tribunales no están obligados a realizar una investigación más allá de lo necesario, alargando indebidamente la instrucción", por lo que cuando está agotada, lo lógico es adoptar la decisión tomada por el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la AN en esta pieza separada del caso Púnica.

Comenta igualmente que la fiscalía no ha interesado ninguna diligencia pendiente de investigación que pudiera considerarse esencial para averiguar los hechos, para añadir que la instrucción "se ha rebasado con creces".

La sala dice que no ha lugar a estimar la solicitud de nulidad del auto combatido al considerar que las conclusiones contenidas en él son acordes con las reglas de la lógica.

Entre otros, en esta pieza se investigó a Sánchez por si hubiera podido incurrir en alguna figura delictiva en sus tiempos de consejero de Educación murciano por los contactos mantenidos para una posible campaña de promoción de su imagen.

El juzgado de instrucción primero y la AN después coincidieron en señalar que su actuación en ese caso no revistió indicio alguno de tipicidad penal.

 
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