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Historia | Ocio y cultura

Estas son las actividades permitidas y las prohibidas en Granada desde este martes

Las medidas de la Junta permiten toda la actividad industrial y cierran el comercio (excepto los servicios fundamentales aquí descritos), la hostelería y la cultura

Terraza de restaurante cerrada en Granada / Rafael Troyano

Granada

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la noche de este domingo la orden de la Consejería de Salud que establece las nuevas restricciones anunciadas horas antes por el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno. Se establece un nuevo rango de medidas de grado 2 para los territorios de nivel 3 y 4 que se determine por la gravedad de la incidencia de la pandemia. En esas medidas de cierre de grado 2 solo se incluye, por el momento, toda la provincia de Granada. Se mantiene toda la actividad docente no universitaria (colegios, institutos y demás), se suspenden las clases presenciales de todas las universidades de la región; y el confinamiento de cada uno de los municipios se extiende a toda Andalucía. Además, se mantienen las medidas ya en vigor como la prohibición de reuniones sociales de más de seis personas y la reducción de aforos en lugares de culto.

A partir de las 00h de este martes 10 de noviembre se mantiene toda la actividad industrial y económica aunque hay tres grandes sectores de excepción. Se cierra toda la actividad de ocio y cultura (incluidos cines y museos); se cierra todo el comercio, excepto los servicios esenciales; y tambien se cierra la hostelería, excepto para entrega a domicilio, restaurantes de hoteles solo para las personas alojadas, comedores escolares y de centros socio-sanitarios. Entre las excepciones se encuentran también los bares y restaurantes de las áreas de servicio de las carreteras, que seguirán operando para garantizar el buen funcionamiento del transporte.

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Además, quedan suspendidas en Granada las visitas a las residencias de mayores, excepto casos excepcionales como la despedida de un ser querido; todos los encuentros profesionales y congresos; cualquier tipo de espectáculo público, actividad recreativa y cultural; y se cierran todos los salones recreativos y de azar.

El BOJA no establece el cierre de los monumentos pero sí de los museos, cines, teatros o cualquier actividad de ocio; así como las de peñas, asociaciones y demás (excepto las actividades de reparto solidario de alimentos que organicen). Con esta medida un monumento puede decidir cerrar y otro, mantenerse abierto porque no se prohibe expresamente su actividad.

Mientras esté en vigor este 'grado 2' se pospone cualquier examen de selección de personal de la Junta y se prohibe la docencia presencial en las universidades, manteniéndose la presencialidad para prácticas experimentales, rotatorias, Practicum, y actividades similares, incluidas las de investigación. Como anunció el presidente, se mantendrá la actividad docente no universitaria (colegios, institutos, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y demás centros similares) de forma presencial, incluido comedores escolares, aula matinal y transporte escolar.

Servicios escenciales

Se supende la actividad en los grandes centros comerciales y todos los establecimientos comerciales. En cualquier caso los siguiente establecimientos SI podrán seguir funcionando:

.- Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad

.- Centros, servicios y establecimientos sanitarios

.- Servicios sociales y sociosanitarios

.- Parafarmacias

.- Centros o clínicas veterinarias

.- Mercados de abastos

.- Productos higiénicos

.- Servicios profesionales y financieros

.- Prensa, librería y papelería

.- Floristerías

.- Combustible

.- Talleres mecánicos

.- Servicios de reparación y material de construcción

.- Ferreterías

.- Estaciones de inspección técnica de vehículos

.- Estancos

.- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones

.- Alimentos para animales de compañía

.- Servicios de entrega a domicilio

.- Tintorerías y lavanderías

.- Peluquerías

.- Son excepción, por lo que podrán continuar prestándose, estas mismas actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados 'mercadillos'.

.- Centros deportivos para clientes en general si las actividades se realizan al aire libre

.- Centros deportivos con actividades interiores solo para actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional. En este sentido, se suspende temporalmente la celebración de competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados, a excepción de las categorías de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.

En virtud de las medidas ya en vigor y que se prorrogan por el mismo tiempo, hasta las 24h del día 23 de noviembre, no se pueden reunir más de seis personas en ningún lugar (excepto que ese número sea de convivientes); y pueden seguir abiertos los lugares de culto, pero al 30 por ciento de su aforo.

 
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