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Estos son los festivos de 2021 en los que podrán abrir los comercios en la Comunitat Valenciana

Consulta el calendario de aperturas comerciales en festivos durante 2021 que ha fijado el Observatorio del Comercio

Cartel de descuentos por el último ‘Black Friday’ en un comercio / Eduardo Parra (EUROPA PRESS)

Cartel de descuentos por el último ‘Black Friday’ en un comercio

Valencia

Los comercios de la Comunitat Valenciana podrán abrir 11 días festivos en el año 2021, según acuerdo alcanzado este jueves en el Observatorio de Comercio, han informado fuentes de la Generalitat.

Los domingos y festivos en los que se puede abrir al público son los siguientes:

- 3 de enero con motivo de la campaña de Navidad y Reyes Magos.

- 10 de enero para corresponder a periodos tradicionales de rebajas.

- 2 de abril, coincidiendo con periodos de mayor afluencia turística.

- 4 de abril, coincidiendo con periodos de mayor afluencia turística.

- 2 de mayo por la acumulación de varios días festivos continuados.

- 4 de julio para corresponder a periodos tradicionales de rebajas.

- 10 de octubre por la acumulación de varios días festivos continuados.

- 1 de noviembre por la acumulación de varios días festivos continuados.

- 6 de diciembre con motivo de la campaña de Navidad y Reyes Magos.

- 19 de diciembre con motivo de la campaña de Navidad y Reyes Magos.

- 26 de diciembre con motivo de la campaña de Navidad y Reyes Magos.

Se ha trasladado el 28 de marzo, día de periodo de mayor afluencia turística, al 19 de diciembre que es más comercial por la campaña de Navidad. La medida ha salido adelante por mayoría, aunque Unión Gremial, UGT y CCOO han votado en contra.

Además, hay que recordar que la Ley 3/2018 de la Generalitat establece periodos de apertura adicionales en aquellos municipios con zonas de gran afluencia turística declarada.

Las zonas de gran afluencia turística que tengan declarado un periodo estacional correspondiente a la Semana Santa y Pascua o en el periodo estival, podrán abrir al público en los siguientes periodos, además de los declarados a todos los efectos:

a) Los domingos y festivos del periodo comprendido entre el Domingo de Ramos y el domingo posterior al Lunes de Pascua

b) Los domingos y festivos del periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.

Las zonas de gran afluencia turística que tengan declarado un periodo anual, podrán abrir al público en los siguientes periodos, además de los declarados a todos los efectos:

a) Los domingos y festivos del periodo comprendido entre el Domingo de Ramos y el domingo posterior al Lunes de Pascua.

b) Los domingos y festivos del periodo comprendido entre el 15 de junio y el 5 de enero.

Las zonas de gran afluencia turística declaradas en las ciudades de València y Alicante podrán abrir al público en los siguientes periodos, además de los declarados a todos los efectos:

a) Los domingos y festivos del periodo comprendido entre el Domingo de Ramos y el domingo posterior al Lunes de Pascua, excepto el Lunes de Pascua.

b) Los domingos y festivos del periodo comprendido entre el 15 de junio y 5 de enero, excepto el 15 de agosto en la ciudad de Valencia.

En el Observatorio de Comercio están representadas, además del Gobierno valenciano, las organizaciones de pymes del comercio que aglutinan un mayor número de empresas, las empresas de supermercados, de gran distribución comercial, de mercados minoristas, sindicatos, federaciones de consumidores y usuarios y cámaras de comercio, municipios y colegios profesionales.

 

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