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¿Qué nos cuentan los documentos del tribunal de la Inquisición de Cuenca?

Desde su constitución en 1489 hasta la evolución de procesos y sentencias el archivo conquense es uno de los mejor conservados de España

Ilustración de Capuz sobre el tribunal de la Inquisición. / RACAL

Cuenca

Esta semana en El Archivo de la Historia, el espacio que coordina Miguel Jiménez Monteserín, y que emitimos los jueves en Hoy por Hoy Cuenca, nos adentramos, cuales ratones de biblioteca, entre los legajos de documentos de la Inquisición de Cuenca para encontrar respuestas a preguntas como estas: ¿Cuándo comenzó a funcionar el tribunal de Cuenca? ¿Cómo fue la actividad procesal del tribunal inquisitorial en su primera etapa? ¿Cuáles eran los delitos más habituales que se juzgaban? ¿Cómo comenzaba y se desarrollaba después un proceso? ¿Qué ocurría si se concluía culpabilidad en una persona? Lo podéis escuchar a continuación:

¿Qué nos cuentan los documentos del tribunal de la Inquisición de Cuenca?

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MIGUEL JIMÉNEZ MONTESERÍN. Que en Cuenca se conserve uno de los archivos inquisitoriales más completos de cuantos produjo la actividad de los veintitantos tribunales mediante los que actuó el Santo Oficio Hispano es fruto de una feliz casualidad. Residía el tribunal conquense en las inmediaciones del Castillo, donde ahora tiene su sede el Archivo Histórico Provincial, y con ocasión de la primera entrada de los franceses en la ciudad en 1808, sus fondos documentales recibieron una primera y grave agresión, debida al asalto de que fue objeto el edificio. Sus papeles debieron después ser trasladados a un lugar más seguro y por esta razón no padecieron destrucción mayor con ocasión de la voladura de que la sede del tribunal fue objeto en 1812 cuando los ocupantes abandonaron por fin nuestra ciudad y cuya huella ha permanecido visible desde la ciudad baja en forma de gran hueco sobre una plataforma colmatada de escombros hasta la restauración del edificio para dedicarlo a depósito documental.

La primera abolición de la Inquisición se debió a un decreto de Napoleón dado en Chamartín el 4 de diciembre de 1808. Vino luego la formulada por las Cortes de Cádiz el 28 de febrero de 1813. Un año más tarde queda restablecido el Santo Oficio en España tras la restauración de Fernando VII y los tribunales volvieron a funcionar. Abolida de nuevo en 1820, no recupero ya su actividad y definitivamente quedó anulada en julio de 1834. ¿Qué paso con los papeles de la mayoría de los tribunales? Sencillamente fueron destruidos, con la excepción de los de Toledo, Valencia y Zaragoza. Los de los dos primeros se conservan en Madrid, en el Archivo Histórico Nacional, salvados in extremis de ser convertidos en pasta de papel o volados como cohetes: los de Valencia estaban en manos de un “polvorista” cuando los adquirió el Estado. Los de Zaragoza, sobre todo de la primera época, allí siguen. La trayectoria de los papeles de Cuenca durante el siglo XIX queda por ahora en la sombra, lo cierto es que, para llevar adelante sus proyectos de crear unos servicios culturales diocesanos (archivo, biblioteca y museo), el obispo Cruz Laplana (1922-1936) solicitó la ayuda del catedrático de árabe y literatura española de la Universidad Central de Madrid, Ángel González Palencia y del agustino del Escorial Julián Zarco Cuevas. Éstos, al ir visitando las dependencias del palacio episcopal de Cuenca con este motivo, se tropezaron en una de ellas con el enorme depósito de papeles del Santo Oficio y a partir de ahí comenzó su inventariado, tan pronto se proveyó con una canonjía la dirección del Archivo diocesano en 1928, tarea que fue culminada cincuenta años más tarde por Dimas Pérez y Francisco Javier Triguero. Con cálculos muy especulativos podríamos establecer que se han conservado entre el 60 y el 70 por cien de los fondos, lo que parece bastante, comparado con los otros dos archivos inquisitoriales, toledano y valenciano, referidos cuyas pérdidas debieron ser sin duda mayores. De los demás tribunales se ha conservado documentación en el archivo de la Suprema y General Inquisición, ahora en el Archivo Histórico Nacional, muy importante también, dado que, desde mediados del siglo XVI, mantenían correspondencia prácticamente semanal en la que daban cuenta de sus respectivas actuaciones.

Cuadro &#039;Condenados por la Inquisición&#039;, de Eugenio Lucas, siglo XIX.

Cuadro 'Condenados por la Inquisición', de Eugenio Lucas, siglo XIX. / Museo del Prado

¿En qué consisten estos documentos? Procesos de fe, el grupo más voluminoso de papeles, libros de diverso contenido (visitas al distrito, correspondencia sobre todo con el Consejo de la Suprema y otros tribunales, legislación …), informes de limpieza de sangre referidos sobre todo a solicitantes de plazas en el Santo Oficio, algunos impresos propios y ajenos y una buena cantidad de papeles sueltos, fruto de la dispersión y desorden sufridos por el archivo en los últimos años de actuación del Santo Oficio.

Sigue siendo una fuente primordial para el estudio de las diferentes formas de disidencia en clave religiosa que se manifestaron a lo largo de los siglos modernos.

La actividad procesal en su primera etapa

Bastantes años hace que la secuencia inicial de la implantación de los tribunales inquisitoriales sobre el espacio peninsular durante los once años transcurridos entre 1482 y 1493 quedó dilucidada de manera suficiente. En el caso del tribunal de Cuenca sabemos que su primera creación tuvo lugar a consecuencia de una real cédula, otorgada el 28 de enero de 1489, en la que los Reyes Católicos instaban a los concejos del obispado a recibir y apoyar,”benigna e amorosamente”, la actuación de los jueces de la fe enviados por el inquisidor general fray Tomás de Torquemada. Fueron estos Francisco Flórez, arcediano de Trastámara en el obispado compostelano, miembro además del Consejo Real, y el licenciado Bartolomé de Gumiel, oficial y vicario general de la diócesis de Burgos. El primer fiscal y receptor de bienes fue el bachiller Fernand Sánchez del Fresno, capellán real, “veçino de Fresno de los Ajos, çerca de Medina del Campo”. La sede del tribunal quedó instalada en el palacio episcopal, sin inquilino fijo aquellos años y los posteriores, debido primero al apego cortesano de don Alonso de Fonseca Quijada (1485-1493), prelado entonces, y luego a la irremediable deserción de su sucesor, el cardenal genovés Rafael Sansoni Riario (1493-1517), nipote de Sixto IV, curial romano y titular forzosamente absentista de numerosos obispados y beneficios eclesiásticos dentro y fuera de Italia.

Dado que no faltan las denuncias ni tampoco testimonios procesales tempranos referidos a personas residentes en lugares del priorato de Uclés, aun cuando no se haya dado aún con una disposición explícita en este sentido, cabe pensar que este territorio quedaría también incorporado desde el principio a la jurisdicción del tribunal radicado en la ciudad del Júcar. La diócesis conquense tendría grosso modo una superficie de 19.840 kms2 y 395 entidades de población, la segontina 10.277 kms2 y 462 pueblos. El priorato era una diócesis nullíus, regida por un prior, con atribuciones quasi episcopales, se extendía sobre 2.936 kms2 y lo componían una veintena de lugares situados en una especie de cuña territorial divisoria estratégicamente situada entre el obispado conquense y el arzobispado de Toledo.

Las primeras noticias disponibles de la persecución de herejes judaizantes confesos en estos territorios se contienen en unos cuantos índices, de diversa amplitud y detalle, redactados en sucesivos momentos para su uso por jueces y fiscales con el fin de poder ordenar y conectar los testimonios de cargo recibidos y realizar en consecuencia su tarea procesal profundizando después en ellos para formular las acusaciones. A diferencia de lo sucedido con el tribunal de Sigüenza, quedan muy pocas referencias seguras acerca de las primeras proclamaciones del Edicto de Gracia en los pueblos de Cuenca y Uclés. Sabemos sólo con certeza que, dos meses después de creado el tribunal, situados ya jueces y oficiales en la ciudad del Júcar, inició aquél sus actuaciones con un solemne acto celebrado en la catedral el 30 de marzo, tal y como estaba prescrito en las Instrucciones.

De una lectura sucinta y rápida de las actas de las primeras causas cabe sólo conjeturar de forma elemental que debió ser grande el número de quienes acudieron a confesar sus errores durante el mes de abril de 1489 con ánimo de ser así reconciliados y obtener el marchamo de buenos cristianos que la puesta en práctica de actos con marcado eco judaico, como la observancia festiva del descanso sabático o el cumplimiento anual del ayuno del Yom Kippur, no comer tocino o sangre de animales ahogados, les habría arrebatado. Sin embargo, que simultáneas o ulteriores denuncias formuladas contra ellos acumulando cargos invalidasen por su número, a juicio de los inquisidores y del fiscal, la autenticidad del gesto penitencial realizado, darían pie luego a este para formular su acusación cuyo resultado procesal son tales expedientes conservados no siempre completos. Era frecuente que a lo largo del discurso formulado pidiendo la reconciliación, a veces para sostener el propio descargo, se aludiera al comportamiento cómplice de otras personas quienes no siempre habrían acudido con el mismo celo y presteza a confesar sus errores, en ocasiones sencillamente por haber fallecido ya. Una vez se dispuso de documentación suficiente, aprovechando estas informaciones “indirectas”, se confeccionaron relaciones de “notados” contra los que se podría proceder cuando la información fuese suficiente.

Foto antigua del barrio del Castillo de Cuenca con el edificio de la Inquisición a la derecha.

Foto antigua del barrio del Castillo de Cuenca con el edificio de la Inquisición a la derecha. / elblogdecuencavila.com

Por su parte, en la documentación conservada en el Archivo General de Simancas contamos aparece una primera lista con los nombres de trescientas diez y ocho personas penitenciadas durante el año 1489, la mayoría de las cuales lo debieron ser en tiempo de gracia, con arreglo a una tarifa religiosa y económica proporcional a la gravedad de los delitos confesados y juzgados. Tendrían en cuenta los inquisidores la magnitud de lo declarado o bien la ocultación maliciosa de hechos estimados de mayor alcance penal, una vez conocidas las informaciones aportadas por quienes, a su vez, iban a testificar mientras tanto. Como consecuencia, ya entonces fueron también procesados y penitenciados algunos judeoconversos, vivos y difuntos.

Los datos obtenidos de diferentes fuentes conservadas en la sección de Inquisición del archivo diocesano de Cuenca, permiten construir un arco cronológico que arranca de 1489 y llega justo a mediados de la década de los cincuenta del Quinientos. Tales referencias testificales pueden así confrontarse de manera precisa con las contenidas en el inventario de los procesos realizado con parecidos límites cronológicos y del que nos hemos valido para establecer nuestra propuesta acerca del volumen y ritmo de las actuaciones del tribunal a lo largo de sus primeros ochenta años de actividad.

Aun sin haber podido obtener apenas datos seriados de los comienzos, tenemos la impresión de que, durante el primer año de su actividad, debieron los inquisidores recorrer sobre todo el distrito de Cuenca y Uclés prefiriendo dirigir sus pasos hacia las localidades importantes de aquél con la intención de recabar información con que iniciar procesos y reconciliar herejes confesos, obteniendo con ello a la vez alguna ganancia para el fisco regio. Sus objetivos fueron en primer lugar –como seguirían siendo luego- las poblaciones más grandes. Sin duda, el tamaño y la noticia además de la anterior existencia en algunas de ellas de una aljama judía o su permanencia entonces permitiría suponer grande la comunidad conversa.

Esta asidua tarea, literalmente “inquisitorial”, explicaría quizá en parte la lentitud procesal observada al examinar algunas causas tempranas contra vivos presos y difuntos testificados. A la vista de estos procesos, parece que el primer auto de fe debió tener lugar en la Plaza de Santa María, o del Mercado, ante las puertas de la catedral de Cuenca, el sábado 30 de octubre de 1490, en presencia de los más conspicuos miembros, laicos y eclesiásticos, de la sociedad conquense, si bien desconocemos aún así el resto de sus pormenores tocantes al número de los comparecientes, sus sentencias, etc., como la secuencia posterior de tales ceremonias de la primera hora.

Una primera aproximación cuantitativa realizada nos ha proporcionado bastantes datos de conjunto que consideramos bien significativos. Agrupando primero los lugares de residencia donde más testificados hubo (por encima del umbral del centenar), hemos establecido una primera geografía de la denuncia refiriéndola a 11 puntos especialmente destacados. Tal y como cabría esperar, fue allí donde había habido comunidades judías importantes hasta 1391, como Cuenca y el Castillo de Garcimuñoz, o bien Huete y Uclés, con aljama hasta el momento de la expulsión, donde más delaciones hubo, seguidas de aquellas otras, más arriba referidas, en las que, muy probablemente tras el bautismo de sus judíos propios y quizá también de los allegados foráneos, residía un buen número de familias conversas desde fines del Trescientos, conservando los descendientes ciertos gestos identitarios, más o menos ocultos, de inequívoco origen religioso y formal expresión cultural de grupo.

Partícipes de una corriente migratoria generalizada, la prosperidad pudo animar el traslado de algunos de estos conversos a Belmonte, San Clemente e Iniesta, villas de notorio auge en el último cuarto del siglo XV tras el final de la contienda bélica sucesoria y el desmembramiento del marquesado de Villena al que pertenecían. Al norte del obispado hubo delaciones numerosas en el señorío episcopal de Pareja y en Salmerón, Alcocer y Priego, sometidos a la jurisdicción entonces de sendas ramas de la familia Mendoza. En resumen y atento el mero valor indicativo de los números, de todas las denuncias contabilizadas en el obispado (6.405), dos tercios (4.912) fueron dirigidas contra personas residentes en alguno de estos once lugares. Como más bajo veremos, del conjunto de delaciones pudieron derivarse unos 2.371 procesos en todo el distrito y los 1.677 que afectaron a los citados sitios supusieron el 70,72 % de ellos, siendo Cuenca el lugar donde más riguroso fue el castigo con 861 sentenciados (36, 31%) de 2095 delatados (32, 70%). Dicho siempre con las oportunas reservas, parece que sólo el 37% del total de denuncias llegaron a formalizarse en una causa, cuantía cercana también al 34,14% de años afectados en el fragmento del distrito acotado. En el resto de lugares asimismo señoriales y con presencia conversa documentada desde principios del XV, la magnitud de denuncias y procesos señalaría con toda probabilidad la hostilidad mostrada allí también hacia los cristianos nuevos: Belinchón (73/7), Torralba (49/12), Alarcón (48/10), Moya (45/19), Cañete (37/7), Valdeolivas (32/17), La Roda, (25/7), La Parrilla (13/9). En el priorato de Uclés hemos contabilizado 412 denunciados, de los cuales 284, casi el 70%, residían en Quintanar (138), Corral de Almaguer (86) y Campo de Criptana (60). Un tercio asimismo (140) fueron procesados. Sin ser numerosas, se registraron también denuncias contra gentes de fuera del obispado (369), la mayoría de Castilla la Nueva (216), Andalucía (85) y Castilla la Vieja (26) que juntas suman cerca del noventa por cien de todas.

En cuanto al control del territorio propio que podrían evidenciar las denuncias, a falta por ahora de itinerarios de visita datados, señalaremos haberse recibido acusaciones de la mitad aproximadamente (215) de los pueblos del obispado de Cuenca (395) y de 13 (65%) de los 20 del priorato. No menos significativos parecen los escuetos datos referidos al reparto de los denunciados por género: 3.935 varones (56,19%) frente a 3.068 mujeres (43,80). En cuanto a las profesiones atribuidas, hemos optado de momento por recoger sólo las de los varones al no haber de hecho constancia significativa de la actividad laboral de las mujeres. Adscribirlas al grupo al que pertenecían los cónyuges hubiese enriquecido sin duda el modelo sociográfico pero hemos optado por prescindir de hacerlo hasta tanto no consigamos reconstruir, en la medida de lo posible, valiéndonos de las referencias de parentesco, grupos familiares amplios y otorgar luego a cada uno un perfil ocupacional propio. La muestra obtenida nos parece sin duda significativa cuando se tiene en cuenta que los 1.618 varones referenciados suponen un cuarenta por cien del total de los denunciados. Siendo tan común pudo parecer innecesario indicarlo y tienta interpretar, sin mayor rigor, el silencio en torno a las ocupaciones del resto la dedicación a actividades propias del sector primario y de ellas sobre todo a la agricultura, toda vez que sólo a 48 (2,96%) se atribuyen expresamente estas tareas. Divagaciones al margen, lo interesante de verdad, a nuestro juicio, es la homogeneidad profesional observada entre los denunciados. Un tercio trabajaban en el sector textil y en el de la indumentaria (sastres y zapateros), casi un veinte por cien pertenecían al clero secular y regular, algo más del diez por cien a la administración en diversas facetas y jerarquías y un siete por cien al comercio por mayor o menor y las artes suntuarias. La suma de todos estos grupos representaba cerca del setenta por cien de todas las profesiones señaladas lo cual podría apuntar un rasgo diferenciador bastante neto. Dado que, si bien no es posible en absoluto evaluar fortunas a partir de lo averiguado aquí, por encima de los negociantes o empresarios, seguramente escasos, a quienes cupiera suponer una hacienda o capital relevantes, destacan en el grupo acotado los menestrales y gestores, presumiblemente de instalación económica media o media baja con arreglo a la escala de la época. Tal nivel de fortuna parece corroborarlo el baremo de las penitencias satisfechas en tiempo de gracia que más adelante examinaremos. Junto a aquellos se hace notar la presencia del clero, de preferencia secular, cuyos miembros serían lógico objeto de mayor atención y vigilancia en materia de comportamientos, ideas u opiniones religiosas.

El tribunal de Sigüenza

Tres años después que en los de Cuenca se hizo presente la Inquisición en los pueblos del obispado de Sigüenza. Una real cédula otorgada el 6 de diciembre de 1491 ordenaba a las diferentes autoridades del territorio recibir y aposentar a los jueces nombrados por Torquemada. Simultáneamente recibía su nombramiento el receptor encargado de administrar los bienes que se confiscasen a los incriminados por el delito de herejía. Los primeros inquisidores que integraron el tribunal fueron el maestro Fernando Becerra, el licenciado en decretos Fernando de Para y el bachiller Pero González de Aguilera. El fiscal, asimismo bachiller en decretos, fue Toribio de la Vega. Es probable que, siguiendo la Instrucción, la proclamación del primer Edicto de Gracia tuviese lugar el domingo 22 de enero de 1492, a partir de cuyo momento comenzaron a recibir confesiones y denuncias que fueron asentándose en sendos libros.

La actividad de un tribunal

Solía comenzar ésta mediante la proclamación del Edicto de fe (de gracia al comienzo referido a los hipotéticos judaizantes en el transcurso de una visita al distrito relazada por uno de los jueces, mientras el otro permanecía en la sede del tribunal trabajando en los procesos. El edicto de fe era un catálogo cambiante de comportamientos o manifestaciones externas de posible herejía, leído en la iglesia de cada lugar para familiarizar a los fieles oyentes con las diversas manifestaciones del error teológico y que iba acumulando manifestaciones diversas: judaísmo, mahometismo, alumbradismo, luteranismo, supersticiones, blasfemias, bigamia, errores de carácter moral o dogmático, magia adivinatoria, adhesión a sectas masónicas o a las ideas liberales, etc.

Cuando había suficiente probanza, apoyada en un número de testigos válidos (dos o tres), se ordenaba la prisión del acusado, considerado desde ese momento re sin posible presunción de inocencia y el fiscal, con su acusación formal iniciaba el proceso, caracterizado por el secreto y la incomunicación del preso, excepto con su abogado defensor.

Si se concluía la culpabilidad del acusado este era obligado a reconciliarse para dejar de ser hereje y una vez absuelto recibía la pena correspondiente que iba desde la capital hasta las aflictivas como remar en las galeras reales, los azotes recibidos en público, llevar el sambenito sobre las ropas, o el destierro, pasando por multas más o menos graves, desde la total confiscación de bienes hasta cantidades importantes establecidas arbitrariamente por los jueces.

Al final del proceso, solían acumularse un número apreciable de reos de diversos delitos y éstos eran conducidos al auto de fe para oír en él su sentencia y pasar a continuación a cumplirla de la forma que fuese establecida por las autoridades civiles. Para tales autos se utilizaban las plazas de mayor anchura o las iglesias más capaces. En Cuenca en la Plaza Mayor se colocaban los inquisidores en una plataforma (cadalso) puesta delante del convento de las Justinianas. También hubo autos en la catedral y en el convento de San Pablo. El quemadero, para las ejecuciones capitales, estaba en el Campo de San Francisco, donde ahora está la Diputación Provincial.

Lo peor de aquellas sentencias era que no sólo afectaban a quienes eran objeto de castigo en sus personas sino también a los descendientes, inhábiles legales durante dos o tres generaciones siguientes.

La Inquisición ejercía también, tras denuncia, la censura de libros, pero era el Consejo quien periódicamente comunicaba las realizadas e iba editando el Índice de libros prohibidos actualizado desde mediados del siglo XVI hasta fines del siglo XVIII.

Los ritmos de la actividad inquisitorial

Hace ya treinta años que Jean Pierre Dedieu, seguido luego por otros autores apropiándose del esquema, propuso una esquematización del proceso de cambio y adaptación del Tribuna del Santo Oficio hablando de "los cuatro tiempos de la inquisición". Partía en principio de su minucioso análisis cuantitativo de las actuaciones procesales del tribunal toledano, las cuales arrojaban unos diferentes ritmos cuantitativos y cualitativos que confirmaría el comportamiento detectado por otros investigadores en el resto de los tribunales.

En resumen, los niveles de actividad son muy diferentes según las épocas. Hubo en primer lugar una actividad muy intensa en los primeros tiempos. El primer resultado de todas estas operaciones se resume en estas cifras, aún provisionales, concernientes a los dos territorios diocesanos de Cuenca y Sigüenza juntos. Entre 1489 y 1550 ambos tribunales actuaron al menos contra 3.904 individuos, de los cuales 2.423 (63%) residían en localidades del obispado de Cuenca o del priorato de Uclés y 1.481(38%) en alguna de las de la diócesis de Sigüenza. Esta actividad no decae, antes se intensifica sobre todo a mediados del siglo XVI, lo que se traduce en una media de cerca de doscientos procesos anuales. En claro contraste y marcando una clara decadencia del Tribunal en su aspecto procesal, hallamos que no son más de 30 los procesos anuales vistos durante la primera mitad del siglo XVII. En el XVIII es ya el marasmo: no más de 3 o 4 al año. La actividad inquisitorial es verdad que tuvo otras facetas además de la procesal por delitos de fe: causas criminales de sus propios miembros, informaciones de limpieza de sangre para reclutar a su personal, censura de libros y escritos, etc. Pero resulta muy indicativo como perfil de la institución este, puramente cuantitativo, de su actividad procesal.

En cuanto a las figuras de delito, de los trabajos de autores como R. García Cárcel, Gustav Henningsen, Jaime Contreras, Rafael Carrasco y William Monter se extrae una confirmación bastante ajustada del modelo toledano en el resto los tribunales de la península, Italia y América.

Durante el siglo XV y los primeros años del XVI, los tribunales de la Inquisición Española se preocupan casi en exclusiva de los judaizantes. Después de un breve período de muy intensa actividad, una vez convenientemente peinados los respectivos distritos, el número de las causas se reduce notablemente a comienzos del siglo XVI. Es el primer tiempo de la Inquisición.

El segundo tiempo se caracterizaba en Toledo por el predominio de los acusados cristianos viejos, el cual se traducía por la importancia del número de delitos que llamamos "proposiciones". El hecho de que represente el 52% del total establecido porde Contreras y Henningsen antes de 1560 a partir de las llamadas “Relaciones de causas” coincide con el 55% de Toledo. Lo mismo sucede entre 1560 y 1614 cuando las proposiciones representan netamente menos de la tercera parte de las causas y ganan terreno las causas por mahometismo, sobre todo en los tribunales orientales de la península -Zaragoza y Valencia-. Aumento continuo en líneas generales del número de los procesos durante el último cuarto del siglo XVI. Fornicarios, bígamos, fautores, supersticiosos, blasfemos, etc.

Las curvas descendentes que caracterizan el tercer tiempo toledano se reencuentran en los demás tribunales. Quince procesos de media anual entre 1615 y 1700 frente a 75 de 1560 a 1615; 23 contra 42 en Toledo. Los porcentajes del judaísmo aumentan por todas partes. Pero este avance es selectivo: Zaragoza, por ejemplo, no se vio apenas afectada. Toledo, Sevilla, Llerena, Cuenca, Santiago, Valladolid... proporcionan sin duda los contingentes más importantes de judaizantes de origen portugués establecidos en diversos lugares del reino, y sobre todo en la corte madrileña. El sobrecargado tribunal toledano remite muchas de estas causas al más desocupado de Cuenca y Sigüenza. Así, como sucede en el caso de los moriscos antes de su expulsión a comienzos del siglo XVII, se registran notables variaciones regionales, debidas al desigual reparto de las comunidades portuguesas por la geografía nacional.

Las alegaciones fiscales de los diferentes tribunales conservadas en el Archivo Histórico Nacional de Madrid arrojan un total de unas cuarenta causas por año en total para toda España, lo que equivaldría a unas tres o cuatro para cada tribunal: hundimiento, pues de la actividad, desaparición del judaísmo después de 1730, recuperación en un porcentaje importante de las proposiciones (43%) que refleja la lucha del Santo Oficio contra las Luces. La solicitación de los penitentes en el acto de la confesión sacramental por parte de los sacerdotes, la bigamia, los libros prohibidos...

La crueldad de los primeros tiempos deja paso a la prudencia y la adaptación que caracteriza la actividad inquisitorial durante el siglo XVI. Rápidamente se hacen esfuerzos para asegurar un desarrollo más regular de los procesos. Es muy significativo que, a mediados del siglo XVI, Antonio Peña insista sobre la necesidad de respetar las formas legales, mientras que el Directorium inquisitorum de Nicolás Eymerich (1320-1399) que comenta pone precisamente el acento sobre las libertades del inquisidor frente a ellas. Escándalos como el del famoso Diego Rodríguez de Lucero en Córdoba, o el que hemos estudiado para Cuenca de Antonio del Corro, parecen haber incitado al Santo Oficio a ejercer una vigilancia mayor sobre este punto. Esto se logró precisamente en parte logrando que la mayoría de los inquisidores fuesen juristas y no teólogos.

El Consejo de la Suprema vela cada vez más por la regularidad de los procesos, sea a través de inspecciones periódicas de los tribunales, sea obligando a remitir a sus componentes los procesos en curso para examinarlos. (Relaciones de causas) Esta práctica nace ya en la primera mitad del siglo XVI. Se generaliza al final del siglo hasta tal punto que al final, el Consejo interviene directamente casi en todos los asuntos. A partir de los años 1550, por otra parte, todas las sentencias de relajación al brazo secular, que equivalían a la pena capital, le debían ser consultadas antes de su ejecución, y, a partir de 1647, todas las sentencias sin excepción.

Esta preocupación por una justicia más informada aparece en la marcha de los procesos. Los interrogatorios se hacen más precisos, hasta el punto de que, a fines del siglo XVI, aparecen manuales que contienen, por orden, todas las preguntas que se deben plantear a los delincuentes en todos los tipos de delitos.

Cada vez más se manifiesta la preocupación de conocer al acusado para poder calcular más exactamente su responsabilidad. A partir de 1560, se le pide que cuente su vida, se le somete a un interrogatorio muy preciso para determinar sus conocimientos dogmáticos y su cultura en general. Al mismo tiempo se elabora un sistema de circunstancias agravantes y atenuantes enormemente amplio.

Todo esto no se hacía sólo con el único fin de proporcionar garantías al acusado. Juega aquí un importante papel la voluntad de hacer más eficaz el trabajo del tribunal, de desvelar mejor la culpabilidad del acusado. Todas estas complicaciones no van a dejar de retrasar la marcha de los negocios, alargando los procesos.

La equidad y la suavidad de las penas avanzan, tanto que, después del comienzo del siglo XVI, las condenas a muerte se hacen mucho más raras. Henningsen ha llegado a la conclusión de que entre 1560 y 1700 tan solo 1% de los acusados fueron ejecutados, más un dos por cien de relajados en efigie. Nosotros para el Tribunal de Cuenca hemos calculado que hasta mediados del siglo XVIII los relajados fueron alrededor de un 6%, aunque no hay que olvidar que, durante la primera inquisición, 1489-1500 el porcentaje se elevó a cerca del 45% de los encausados, cifra que se reduciría al 14% entre 1509 y 1530.

Examinando en detalle estas cifras generales, hallamos que en todo el distrito fueron procesados 1.649 reos vivos (85%) y 391 difuntos (15%). De ellos 1.357 varones (69,95%) y 583 mujeres (30,05%). 1.140 varones (69,67) y 500 mujeres (32, 33%) estaban vivos; difuntos 208 varones (71,47%) y 83 hembras (28,53%).

En cuanto al aspecto profesional de los encausados del obispado de Cuenca, la documentación producida durante la segunda inquisición se muestra más explícita que la anterior aunque, como en el análisis de las testificaciones de Cuenca mostrado más arriba, también ahora consideraremos sólo al grupo de los varones, dado que las referencias a actividades femeninas son, por escasas, irrelevantes en la práctica, referidas principalmente a la condición esclava. Las 333 menciones identifican al 42,63% de los 781 varones y esto ya nos parece otra vez significativo como muestra. Agrupando a los dedicados al sector textil e indumentario, el comercio al por mayor y menor, la administración, la Iglesia y el servicio doméstico sumamos el 78% del total. Juntos los tres primeros suponen un 40%, cerca de un tercio los eclesiásticos, un 12% el servicio doméstico y algo menos del 5% el sector primario.

En los procesos de Sigüenza sólo ha sido posible identificar la dedicación de un tercio de los acusados, 189 sobre 574 varones. De ellos, el 80% eran miembros del clero, se ocupaban en el comercio, la administración y en el textil y la indumentaria, sector este que reunía él solo casi la mitad de los trabajadores indicados. Con apenas un 5%, ni el sector primario ni el servicio doméstico se muestran relevantes.

Llegamos ahora al meollo esencial de todo este despliegue de cifras al fijarnos a grandes rasgos en la tipología delictiva de una y otra época dependiendo siempre de la calificación proporcionada por los catálogos, susceptible seguramente de mayor precisión conceptual en el futuro. Tal y como era de esperar, el 97, 7% del total de causas incoadas en ambos tribunales durante la primera etapa (1.395) se dirigieron contra acusados de judaizar.

Durante la siguiente fase de la persecución los procesos contra judaizantes se vieron en cambio reducidos en conjunto a algo más de la mitad del total, aunque no la alcanzaran en Cuenca y en Sigüenza superasen el 75%. Quizá no sea posible percibir un punto de inflexión abrupto pero, profundizando el análisis más adelante, convendrá fijar cronológicamente cuándo y cómo, con la persecución de otros delitos, comienza a ceder la presión sobre los judeoconversos antiguos y nuevos. Conviene asimismo explicar las diferencias en el ritmo procesal de cada territorio y sus particulares razones y ha de tenerse en cuenta además que, al ampliarse el repertorio delictivo, sería también más amplia la gama de los delincuentes.

Los delitos contra el Santo Oficio no suponen sólo el castigo de actitudes abiertamente hostiles hacia él ya que muchos de ellos consisten en la no observancia de las inhabilidades propias y heredadas por parte de los judeoconversos. Como es sabido, al irse agotando el objetivo judaizante, la atención de los inquisidores debió dirigirse a los cristianos viejos culpables de delitos menores de opinión, blasfemia o superstición. Prueba de que con ellos se operaba un recambio es el peso de estos en Cuenca, donde al reducirse antes que en Sigüenza el hostigamiento a los judeoconversos, un tercio de los procesos debieron concernir a cristianos lindos. Pero se trata aún de un boceto sólo de futuras campañas. No se destaca todavía en la primera mitad del Quinientos la gran ofensiva contra estos y otros delitos menores que seguirá a la imposición de la dogmática tridentina, en particular en lo tocante a la disciplina matrimonial renovada. Tierras de interior, no parece haberse percibido aún en ellas el eco de la Reforma ni se persigue tampoco a los moriscos locales con el rigor que sobrevendrá luego de su dispersión tras la rebelión de las Alpujarras (1568-1571).

Queda aún mucho por averiguar en cuanto al desarrollo de la actividad del tribunal derivada de las visitas al distrito y de la aplicación a partir de ellas de objetivos marcados por la sanción de delitos precisos subrayados por sucesivas coyunturas. Del mismo modo ignoramos también cual fue el ámbito espacial elegido por estas visitas y el grado de cobertura más o menos eficaz de cada territorio que la presencia directa de los inquisidores pudo llegar a lograr durante el siglo XVI y parte del XVII hasta tanto cesaron tales giras pesquisidoras. En un intento provisional de ofrecer una visión de conjunto ilustrativa hemos acudido a otro resumen de la actividad procesal del tribunal conquense confeccionado probablemente a comienzos del siglo XVIII a la vista de su traza paleográfica. El siguiente cuadro permite comparar los resultados del primer inventario cerrado en torno a 1550 y los de este otro cuyo límite, siquiera provisoriamente, hemos situado hacia 1625.

Procesados en la provincia de Cuenca.

Procesados en la provincia de Cuenca. / MJM

Cabe decir ante estos datos, en líneas muy generales e hipotéticas desde luego, que, atento el número de las condenas, el rigor primero del tribunal parece haberse templado después bastante. La duplicación de los penitenciados apuntaría a una intensificación diversificada de la actividad y a una ampliación de los objetivos sociales. Todo ello fruto sin duda de una vigilancia más estrecha sobre el distrito realizada al dictado de sucesivas directrices recibidas de la Suprema a la que no sería ajena, además, otra vez en hipótesis, la red de familiares y sobre todo de comisarios eficazmente implantada, cauce de transmisión de aquellas. Creemos que corrobora esto comprobar que también fuesen casi el doble los lugares donde hubo procesados y asimismo el elevado número de causas suspensas. Debido a la creciente implantación de un clima de mutua vigilancia, inspirada por la frecuente escucha de los edictos complementada con una intensificada catequesis postridentina, es de suponer que aumentase la información sobre hechos diversos estimados punibles. Menudearían así las testificaciones, muchas de las cuales no alcanzarían un ulterior desarrollo procesal, unas veces por estimarse inconsistentes y otras quizá por desbordar su volumen la capacidad de trabajo del tribunal.

Debido a sus características físicas, a la distancia luego de la sede del tribunal y sin duda también a otras razones estratégicas patentes en la gestión inquisitorial de cada obispado, pendientes de esclarecer, llama la atención la visible diferencia de comportamiento judicial en uno y otro. Evidente un mayor despliegue de actividad territorial en Cuenca, choca que apenas haya habido diferencia en el número de lugares afectados por procesos en el obispado de Sigüenza entre los 32 (6,92%) de la primera etapa y los 37 (8%) alcanzados durante la segunda. Dicho esto, fijos aún de preferencia en los judeoconversos los objetivos de la actuación de los inquisidores en aquellas tierras, cabe también observar el despliegue de un horizonte distinto en cada época. Que el procedimiento de asedio a la minoría se ajustaba a un plan previo parece mostrarlo que tan sólo a tres lugares, Cifuentes, Molina de Aragón y Sigüenza, afectasen las tres cuartas partes de los procesos conocidos de la primera etapa: 519 sobre 670 en total. De manera no menos estratégica en la secuencia, otros tres, Atienza, Medinaceli y Berlanga, soportarían algo más la mitad de los procesos del siguiente tramo del tenaz proceder inquisitorial: 397 sobre 765.

Paco Auñón

Paco Auñón

Director y presentador del programa Hoy por Hoy Cuenca. Periodista y locutor conquense que ha desarrollado...

 
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