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Cae Madrid Central: ¿cuándo entra en vigor la suspensión?, ¿qué pasa con las multas?, ¿se pueden recurrir?

El Ayuntamiento no se plantea devolver las multas ya cobradas, pero podría tener que hacerlo con aquellas que han sido impugnadas

Distintivo de Madrid Central en una de las calles del centro. / Eduardo Parra - Archivo (EUROPA PRESS)

Madrid

El Tribunal Supremo ha tumbado definitivamente Madrid Central, el proyecto estrella de la administración de Manuela Carmena para reducir la contaminación del aire en la ciudad, al inadmitir el recurso de Ecologistas en Acción. El grupo ecologista había actuado judicialmente contra la iniciativa del PP, que pidió a los tribunales anular la ordenanza por errores en la presentación de la memoria económica. Al decaer Madrid Central se desatan multitud de cuestiones sobre su efecto y la validez de las multas que, apoyándose en en la norma anulada, se impusieron a quienes entraron en el centro con un vehículo que no lo tenía permitido.

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Con la sentencia ya dictada, ¿sigue Madrid Central en vigor?

El Ayuntamiento asegura que sí, que los madrileños deben comportarse como si las restricciones al tráfico que impone la ordenanza de le época Carmena todavía estuviera en pleno funcionamiento. "Mientras la sentencia no sea firme, sigue en vigor", ha defendido el alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida, este martes tras conocer la decisión del Tribunal Supremo. El regidor advierte que si este martes algún vehículo incumple la normativa de Madrid Central será sancionado.

El grupo Ecologistas en Acción pone en duda la lógica de esas multas. A su juicio, Madrid Central ha decaído, porque aunque se multe a quienes la ignoren desde este momento, podrán recurrir la sanción y se les dará la razón. Desde el punto de vista técnico, es cierto que la anulación de Madrid Central no está todavía vigente. "Hasta que no se publique en el boletín oficial la sentencia, no entra en vigor la anulación", explica el abogado especializado en medio ambiente Carlos González Antón. Es decir, aunque la sentencia ya es firme, no podrá actuarse conforme a ella sin que antes se cumpla el procedimiento legal: su publicación oficial.

¿Qué ocurre con las multas?

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento todavía estudian los detalles de esta cuestión. Paco Segura, portavoz de Ecologistas en Acción y uno de los responsables de la presentación del recurso ante el Supremo, cree que el Ayuntamiento "ya no tiene mecanismos legales." El Gobierno local, y el procedimiento jurídico le da la razón, mantiene que seguirá multando estos días, pero Segura explica que "aunque le pusieran la multa, la podrá recurrir y seguramente la gane." El consistorio, en cualquier caso, pide atenerse a la normativa de Carmena.

González Antón cree que, efectivamente, todavía pueden ser multados los ciudadanos que entren con un coche no permitido en las zonas restringidas. Sin embargo, añade un matiz. Las multas que aún no hayan sido abonadas y que estén impugnadas en un proceso todavía sin resolver, probablemente sí se vean afectadas por esa resolución y no se puedan cobrar. Por tanto, alguien a quien se multara hace unos meses, pero que impugnara la resolución y todavía no tenga respuesta seguramente se beneficie del nuevo estatus. Del mismo modo, un ciudadano al que multen este martes podrá impugnar la sanción.

¿El Ayuntamiento tendrá que devolver el dinero a quienes multó y ya han pagado la sanción?

Los servicios jurídicos municipales indican en un primer análisis que no devolverán el dinero ya ingresado. Pero también señalan que seguirán analizando está y otras cuestiones. El abogado González Antón vuelve a diferenciar entre las multas que ya se han cobrado y las que no. La jurisprudencia acerca de otras normas anuladas establece por regla general que no se devuelve el dinero de las sanciones.

"La anulación de normas reglamentarias por parte de los tribunales plantea siempre serias dificultades para revisar los actos firmes", multas ya cobradas. Por eso ve "enormemente complicado que se puedan producir devoluciones."

¿En qué quedan las normas anticontaminación en Madrid?

El Ayuntamiento de la capital lanzó Madrid 360 como proyecto alternativo al Madrid Central que trataba de derribar. Al desaparecer la normativa del Gobierno de Carmena, los vehículos con etiqueta C, más contaminantes, podrán volver a entrar en el centro si viajan en ellos dos o más ocupantes. Hasta este momento solo podían hacerlo para estacionar en un parking. El Ayuntamiento ha puesto en marcha a cambio dos líneas de autobús gratuitas, las llamadas "líneas cero", para recorrer el centro. También se amplia el horario en el que las motos podrán circular por el área de restricción al tráfico.

Madrid 360 permitirá igualmente la entrada de comerciantes. Podrán hacerlo como si fueran residentes. A esto se añade la peatonalización de la Puerta del Sol que se irá ampliando en dos tramos más. Sin embargo, la ordenanza municipal que debe dar cuerpo al plan de Almeida todavía está sin aprobar.

Ecologistas en acción considera "pésima" la noticia de la desaparición de Madrid Central porque "estaba funcionando muy bien." La asociación habla de una reducción de un quinto de la contaminación del aire del centro y una décima parte del total de la de la ciudad. La caída de Madrid Central, lamenta su portavoz Paco Segura, lleva aparejada la de las APR (Áreas de Prioridad Residencial), creadas en 2005 como espacios en los que se restringe el acceso a vehículos de no residentes. Madrid Central las incorporó a su ordenanza, por lo que según los ecologistas ahora también desaparecerían, volviendo a una situación de protección de la contaminación menor, incluso, que la anterior a la aprobación de la normativa de Carmena en 2018.

 
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